Algunos 'riders' utilizan el navegador del teléfono móvil para orientarse y dirigirse a sus destinos. Con la nueva Ley de Tráfico, estos repartidores se exponen a una sanción de 200 euros, ya que un ciclista u otro conductor tiene prohibido «conducir utilizando manualmente navegadores», según dicta la norma de la DGT, en vigor desde el pasado 21 de marzo. Es decir, que pueden recibir una multa si durante un trayecto tocaran la pantalla para realizar una consulta. En cambio, estarían eximidos de sanción si activan el navegador y no lo manipulan en todo el recorrido.
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La nueva norma de Tráfico tiene algunos matices muy importantes. Sobre el uso del móvil cambia el término «utilizar» por «sujetar». Y aquí también habría que fijarse en los teléfonos colocados en soportes. El propio director de la Dirección General de Tráfico, Pere Navarro, lo dejó claro: los soportes se pueden utilizar «sin ningún problema». Pero avisó: «Lo que no puede hacer es manipular el móvil mientras conduce, es un hecho denunciable y conlleva la pérdida de 3 puntos». Eso sí, subrayó que el soporte tiene que estar homologado.
Y es que lo que prohíbe expresamente la DGT es utilizar manualmente el navegador mientras se conduce.
Por ello, el simple gesto de coger el móvil al volante para colocarlo, por ejemplo, en otro lugar también acarrea sanción. La multa es de 200 euros y la pérdida de 6 puntos del carnet, si bien los ciclistas no perderían puntos puesto que no se requiere licencia o permiso administrativo para conducir una bicicleta.
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Bruno Vergara
Si un 'rider' tiene una duda sobre las indicaciones que le está dando el navegador de su móvil tendría que parar y después manipular su teléfono. «Si usted necesita utilizar su móvil, pare en un lugar adecuado, realice las operaciones que necesite con su móvil, y luego reanude la conducción», indicó el director de la DGT.
Los ciclistas también deben cumplir las normas de circulación. En ocasiones, algunos que cometen imprudencias. Como por ejemplo, saltarse un semáforo. Esta acción supone una sanción económica de 200 euros, sin detracción de puntos, ya que, como se ha explicado anteriormente, un ciclista no tiene licencia o permiso para conducir una bicicleta.
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