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DGT: nuevos radares de tramo en carreteras secundarias

La DGT anuncia la implantación de nuevos radares en carreteras secundarias

Pere Navarro ve en la eliminación de los 20km/h la oportunidad para instalar más velocímetros de tramo

a.m.

Miércoles, 23 de marzo 2022, 12:22

La llegada de la nueva Ley de Tráfico cambia radicalmente la forma de conducir en las carreteras secundarias. Es la norma más polémica y la que menos consenso genera. A partir de esta semana no se podrá rebasar el límite de velocidad en 20km/h para adelantar. Es decir, que para pasar a un camión pesado se tardaría 7,56 segundos en hacerlo y se invadiría el carril contrario durante 189 metros. Con la anterior normativa, un adelantamiento a 110 km/h, requeriría 2,52 segundos y 77 metros en el otro carril.

La DGT quiere aprovechar esta norma para instalar nuevos radares de tramo en esta carretera. Su propio director lo confirmó el lunes: «En ningún país de nuestro entorno existe este margen de los 20 km/h en carretera. Disponer de él incita a adelantar, que es una maniobra de mucho riesgo que puede dar lugar a colisiones frontales. En 2019, estas mataron a 239 personas. Y sí, eliminarlo puede favorecer en el futuro la instalación de más radares de tramo, más justos que los que están en un solo punto».

La idea de la DGT es instalar los nuevos cinemómetros más pronto que tarde. Navarro quiso templar los ánimos de conductores, clubes y asociaciones de automovilistas, que rechazan de plano la norma, dejando entrever que este punto podría volver a ser modificado el año que viene si no se obtienen los resultados deseados. «Somos conscientes de que hay un gran debate abierto; déjennos un año para ver cómo evoluciona; los datos nos darán la respuesta».

Hasta ahora, tres de cada cuatro siniestros tienen lugar en este tipo de carreteras. La DGT cree que el exceso de velocidad puede ser el principal motivo. Este punto de vista lo comparten también las asociaciones de víctimas y expertos como los de la Fundación Fesvial. La nueva ley también sustituye la infracción grave consistente en «utilizar» mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de «llevar en el vehículo» esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de tres puntos que se asignaba a la anterior infracción. «Hemos cambiado la palabra 'utilizar' por 'llevar' porque si lo llevas, lo has comprado y lo has instalado no es para pasearlo apagado», remarcó Navarro, precisando que la medida no afecta al uso de navegadores que avisan de la presencia de los radares.

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