DGT | Multas de tráfico

La nueva tasa de alcohol 0,0 de la DGT

Una norma que se aplica con la nueva Ley de Tráfico

EL CORREO

Miércoles, 15 de diciembre 2021, 10:56

Una cerveza, dos vinos... Son muchos los conductores que cogen el coche tras haber bebido, aunque sea poco. En España hay diferentes límites permitidos de alcohol a la hora de conducir. Para los conductores en general es de 0,5 gramos por litro de sangre ( ... o 0,25 miligramos por litro en aire espirado), y 0,3 gramos por litro en sangre (o 0,15 miligramos por litro de aire espirado) para conductores noveles y profesionales.

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Con la nueva Ley de Tráfico, la DGT ha puesto nuevas normas para los que circulan con los vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos. Estas personas podrán ser sometidos a controles de alcoholemia. Por ello, las cifras que arrojen en un test deben ser las mismas que el que circula con un automóvil. Y en el caso de los menores, la tasa debe ser 0,0.

Además, los conductores de VMP tampoco podrán circular por aceras, zonas peatonales, autovías, autopistas, túneles urbanos ni travesías. Estará permitido circular por carriles destinados a este tipo de vehículos y por las zonas urbanas, sin subir a la acera.

No se permite circular con auriculares, con sanciones de hasta 200 euros. Del mismo modo, circular utilizando el teléfono móvil se sanciona con la misma cuantía, según el artículo 18.2 del Reglamento General de Circulación.

Además estarán obligados a s a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determinen.

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