b. v.
Viernes, 8 de octubre 2021
Las multas de la DGT son impuestas en función de la gravedad cometida. Leves, graves o muy graves. Por poner varios ejemplos: sujetar el móvil mientras se conduce acarrea una sanción de 6 puntos y 200 euros, llevar mecanismos de detección de radares ... o cinemómetros, 500 euros y la pérdida de tres puntos. Pero hay una multa que va más allá en lo que a dinero se refiere.
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Causar daños a la infraestructura de la vía, alterar la circulación, deteriorar y ocultar la señalización está sancionado económica y penalmente por la Nueva Ley sobre Tráfico, y su sanción varía desde los 3.000 a los 20.000 euros dependiendo de las circunstancias.
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Realizar una de estas acciones está considerado como una infracción grave por poner en riesgo la circulación y seguridad del resto de conductores. Lo mismo ocurre si se causan daños a la infraestructura de la vía o se altera la circulación debido a la masa o a las dimensiones del vehículo, si se carece de la correspondiente autorización administrativa o si no se han cumplido las condiciones de la misma.
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