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Miércoles, 30 de marzo 2022, 00:56
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha repetido por activa y pasiva lo importante que es respetar las normas de tráfico. Especialmente, la referida a la velocidad en la vía. Según los últimos datos de Tráfico, en el 23% de los siniestros mortales del año 2020 se apreció la velocidad como un factor concurrente, solo por detrás de las distracciones y por delante del alcohol.
La nueva Ley de Tráfico hace hincapié en esta materia. Respecto a las distracciones al volante, muy vinculado al uso y expansión de las nuevas tecnologías, la DGT aumenta de 3 a 6 puntos el «sujetar un aparato electrónico con la mano». Para acabar con el exceso de velocidad, a la DGT se le ha ocurrido prohibir rebasar el límite en 20km/h en carreteras secundarias para adelantar. Una norma muy polémica y que podría caer en menos de un año si los resultados no acompañan.
Sobre el asunto, el propio director de la DGT, Pere Navarro, ha reconocido que tiene intención de instalar nuevos radares de tramos en este tipo de vías. A día de hoy, Tráfico cuenta con casi un millar de cinemómetros, fijos y móviles, además de ocho helicópteros Pegasus que vigilan desde el aire el comportamiento de los conductores.
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La gran pregunta que se hacen los usuarios de las carreteras es a qué velocidad salta un radar de la DGT. Resulta obvio indicar que el mayor de los consejos es respetar en todo momento el límite de la vía, pero es cierto que muchos pisan en exceso el acelerador y después frenan ante la llegada del radar. También los hay despistados que ni se enteran de que acaban de pasar por un cinemómetro fijo.
El radar de la DGT funciona de la siguiente manera:
- Velocidades inferiores a 100 km/h: Tienen un margen de error de 5 km/h. En el caso de recibir una multa por exceso de velocidad a 85 km/h, el conductor podría reclamarla. En el caso de un radar fijo, el flash se dispara a 87 km/h, 7 km/h más de lo permitido.
- Velocidades superiores a 100 km/h: Cuando se supera esta cifra, las multas se miden por porcentaje. En una carretera de 120 km/h, la sanción llegaría a 127 km/h. Es decir, una vez superado el 5% de margen de error que permite la ley. Los radares fijos saltarán cuando se supere en un 7% la velocidad permitida. En este caso, a 129 km/h.
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