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El Congreso de los Diputados aprobó el pasado día 19 de noviembre el proyecto de ley que mejora el Ingreso Mínimo Vital (IMV). La norma, que ahora deberá pasar el trámite parlamentario del Senado, introduce importantes cambios que se aplicarán desde el 1 de ... enero de 2022. Uno de los más destacados es la inclusión de una ayuda de entre 50 y 100 euros al mes por cada menor a cargo de las familias beneficiarias de la prestación, pero también de aquellas en situación de pobreza que no cumplan los requisitos del IMV.
La ayuda -aprobada por la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de la Cámara Baja- consiste en el cobro de 100 euros al mes por cada hijo menor de tres años que forme parte de la unidad de convivencia familiar. Si tiene entre tres y menos de seis años la aportación será de 70 euros, mientras que en el caso de los menores con edades comprendidas entre los seis y los 18 años la ayuda consistirá en 50 euros.
En cuanto a las familias que no cumplen los requisitos para recibir el IMV, se beneficiarán de la nueva ayuda si acreditan encontrarse en situación de vulnerabilidad económica. Concretamente, aquellos hogares con rentas que no superen el triple marcado por el acceso al ingreso mínimo vital, y cuyo patrimonio neto «sea inferior al 150% de los límites fijados».
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Esto significa que, por ejemplo, una familia compuesta por dos adultos y dos menores no podrán tener rentas que superen los 32.140 euros si quieren cobrar la nueva ayuda por hijo. El tope baja hasta los 27.068 euros anuales en el caso de las unidades de convivencia formadas por dos adultos y un niño. Para las familias monoparentales con dos menores a cargo el límite se sitúa en los 30.790 euros, que serán 25.714 en el caso de que sólo tengan un menor.
Este complemento, acordado por los socios de Gobierno el pasado mes de octubre, tiene como objetivo «avanzar en el apoyo a las familias en situación de vulnerabilidad y reducir la pobreza infantil», declaró entonces la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra.
La reforma del IMV contiene más cambios. Por ejemplo, la mejora de la cuantía de la prestación para los hogares con algún miembro que sufra una gran discapacidad. Al importe mensual se le añadirá «un complemento equivalente a un 22%» cuando en el hogar beneficiario viva una persona con un grado de discapacidad «igual o superior al 65%». Los jóvenes serán otro colectivo beneficiado por la nueva normativa, ya que se reduce de tres a dos años el periodo mínimo exigido de independencia del hogar familiar. Además, tendrán derecho a cobrar el IMV los extutelados por la Administración Pública a partir de los 18 años, cuando actualmente la edad mínima para acceder a la prestación es de 23 años.
Por último, la prestación también beneficiará a aquellas personas que pierdan la protección del paro y se queden en situación de vulnerabilidad económica, sin derecho a otro tipo de ayudas. En estos casos la solicitud del IMV se realizará a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Además, no se tendrá en cuenta el nivel del renta del hogar en los casos más graves.
El IMV se creó como una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas -o están integradas en una unidad de convivencia- y que carecen de recursos humanos básicos para subsistir. Este instrumento de ayuda pasará a formar parte del del sistema vasco de protección social después de que Gobierno y PNV hayan pactado recientemente el traspaso de competencias.
La cuantía de la prestación oscila entre los 470 euros mensuales para una persona adulta que viva sola y los 1.034 para una familia compuesta por dos adultos y tres o más menores. El cambio de titularidad pretende agilizar los trámites que rodean la prestación, ya que supone que los expedientes dejarán de enviarse a Madrid. De esta forma se evita el cuello de botella de la Seguridad Social y que los funcionarios vascos ejerzan de meros transmisores para la Administración central.
Unos 17.000 vascos cobran esta prestación, que es compatible con la Renta de Garantía de Ingresos (RGI). El IMV se utiliza como base y se complementa con la RGI hasta la cuantía que el perceptor vasco recibía hasta la fecha.
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