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Reforma del subsidio por desempleo: los nuevos requisitos que hacen más fácil acceder a la ayuda

Reforma del subsidio por desempleo: los nuevos requisitos que hacen más fácil acceder a la ayuda

El ministerio de Trabajo pone el foco también en la simplificación de los trámites

Miércoles, 8 de mayo 2024, 17:32

La reforma de los subsidios por desempleo en la que trabaja el ministerio de Trabajo también pone el foco en la simplificación de los trámites administrativos para acceder a estas ayudas. Entre las principales se encuentra la eliminación del mes de espera para las personas que hayan agotado su prestación contributiva y quieran solicitar el subsidio. De este modo, la ayuda se podrá percibir desde el primer día. El texto, no obstante, debe ser aprobado en el Congreso.

Hasta el momento, el SEPE solicitaba «haber permanecido inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el plazo de espera de un mes desde el agotamiento del subsidio anterior». También señalaba que ese periodo tenía que haberse desarrollado «sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, y acreditar que durante ese plazo se han realizado acciones de búsqueda activa de empleo».

Entre los requisitos generales, se encuentra carecer del derecho a la protección por desempleo de nivel contributivo o asistencial, no haber cumplido la edad para acceder a la pensión de jubilación y no percibir rentas de cualquier naturaleza superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, ni trabajar por cuenta propia. Tampoco el desempleado puede «haber cesado de forma involuntaria en el último trabajo realizado en caso de haber trabajado tras el agotamiento del último derecho».

Además, con la reforma se abre la puerta a más colectivos. Al subsidio podrán acceder ahora personas víctimas de violencia de género o sexual desde los 16 años, así como emigrantes retornados, menores de 45 años sin cargas familiares (siempre que hayan agotado una prestación contributiva de 360 días) y trabajadores eventuales agrarios de todo el Estado (unos 200.000, según cálculos sindicales). También aquellos sin familiares a su cargo que hayan cotizado periodos inferiores a seis meses.

Mejora de la cuantía

La reforma, que cuenta con el respaldo de los cindicatos y no ha sido firmada por las patronales, mejora las cuantías de los subsidios durante los 12 primeros meses de percepción, estableciendo tres tramos: el subsidio será del 95% del Iprem durante los primeros seis meses de cobro (570 euros mensuales con el IPREM actual); del 90% durante los siguientes seis meses (540 euros) y del actual 80% durante el resto de la duración de la prestación (480 euros). También elimina la reducción en la cotización del 125% en el subsidio para mayores de 52 años, motivo por el que el Real Decreto fue tumbado en el Congreso por Podemos.

La reforma elimina los subsidios parciales para quienes hubieran trabajado a tiempo parcial, pudiendo cobrarlos íntegros, al tiempo que permitirá que las personas con menos de 12 meses cotizados (que son los necesarios para acceder a una prestación contributiva) puedan acceder al subsidio, medida que beneficiará fundamentalmente a los jóvenes.

Se facilita además el cumplimiento del requisito de insuficiencia de rentas para las personas que acceden al subsidio, al permitir el acceso tanto por insuficiencia de rentas personales como de la unidad familiar, alternativamente, y se ampliará la cobertura al permitir el acceso de las parejas de hecho a la unidad familiar.

Al mismo tiempo, se establece un régimen de compatibilidad entre los subsidios agrarios de Andalucía y Extremadura con los del Régimen General y, adicionalmente, se compromete una reducción de las jornadas reales requeridas para acceder a los primeros como consecuencia de la sequía.

La reforma permitirá también que aquellos que están cobrando subsidios puedan agotar sus prestaciones actuales y, posteriormente, pasar a incorporarse en el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una pasarela de la que quedarán excluidas las víctimas de violencia de género y los emigrantes retornados, que se mantendrán en el subsidio. Asimismo, se introduce como causa de suspensión del subsidio que los trabajadores fijos-discontinuos sean llamados a reiniciar su actividad y no se reincorporen a su puesto de trabajo, salvo causa justificada.

La reforma establece también un mecanismo de reserva de políticas activas de empleo para mayores de 52 años para destinar una parte de los fondos de empleo a este colectivo, del orden de unos 600 millones de euros. Asimismo, la prestación se coordinará con un itinerario personalizado de activación para el empleo con la suscripción de un acuerdo de actividad (conocido anteriormente como compromiso de actividad) con los Servicios Públicos de Empleo, estableciéndose como prioritario el colectivo de parados de larga duración para los programas y acciones de inserción laboral.

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