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Las principales infracciones tributarias y las multas de Hacienda

Las principales infracciones tributarias y las multas de Hacienda

La Agencia Tributaria contempla sanciones en función de la tipología de la infracción y de si es calificada como leve, grave o muy grave

Domingo, 10 de octubre 2021, 01:39

Las infracciones tributarias son aquellas «acciones u omisiones dolosas o culposas con cualquier grado de negligencia y que estén tipificadas y sancionadas» por la ley. Hay muchas formas de infringir la normativa de Hacienda, y cada una de ellas conlleva su correspondiente multa en función de si es leve, grave o muy grave.

En general, las actuaciones de la Agencia Tributaria en materia de inspección responden a dos grandes casuísticas. En primer lugar, la ocultación de datos. Esto sucede, por ejemplo, cuando no se presentan declaraciones (IRPF, IVA, etc.) o en ellas se incluyen hechos u operaciones inexistentes. También cuando recogen importes falsos u omiten -ya sea total o parcialmente- ingresos, rentas, productos o bienes. Eso sí, siempre que el importe de la deuda ocultada, en relación con la base de la sanción, supere el 10%.

En segundo lugar está la utilización de medios fraudulentos. Se consideran como tal las anomalías «sustanciales» en la contabilidad y en los libros o registros establecidos por la norma tributaria. También el empleo de facturas, justificantes u otros documentos falsos, siempre que la incidencia de ese falseamiento supere el 10% de la base de la sanción. Por último, se entiende por medio fraudulento la utilización de personas o entidades superpuestas. Es decir, testaferros.

Como regla general, las infracciones serán calificadas como leves cuando la base de la sanción sea inferior o igual a 3.000 euros. O cuando es superior pero no existe ocultación. La sanción consistirá en una multa proporcional del 50%.

Las infracciones graves tienen lugar cuando la base de la sanción supera los 3.000 euros y además existe ocultación. También se dan cuando se utilizan facturas, justificantes o documentos falsos o falseados «sin que ello sea constitutivo de medio fraudulento». Además, se considera infracción grave cuando llevar de forma incorrecta los libros o registros representa entre el 10% y el 50% de la base de la sanción. O cuando se ha dejado de ingresar cantidades retenidas, siempre que supongan un porcentaje inferior o igual al 50% del importe de la base de la sanción.

Este tipo de infracciones consisten en una multa proporcional del 50% al 100%. El porcentaje mínimo contemplado se incrementará en función de si, por ejemplo, existe perjuicio económico a Hacienda, cuando se han cometido infracciones de forma continuada, o se ha incumplido de forma sustancial la obligación de facturar o documentar.

También están tipificadas como graves las infracciones tributarias por solicitar indebidamente devoluciones, beneficios o incentivos fiscales. En este tipo de casos las multas van desde el 15% a una multa fija de 300 euros.

Las infracciones más comunes

En el grupo de infracciones muy graves se incluyen todas aquellas en las que se usan medios fraudulentos. O, aunque no se de este caso, cuando se hubieran dejado de ingresar cantidades retenidas o ingresos a cuenta por un importe superior al 50% de la base de la sanción. La multa contemplada para las infracciones muy graves va del 100% al 150%, y se graduará conforme a los mismos criterios que rigen para las de tipo grave.

¿Y cuáles son las infracciones más comunes a las que se enfrenta la Agencia Tributaria? Por ejemplo, presentar de forma incorrecta declaraciones y documentos necesarios para practicar declaraciones, o presentarlas fuera de plazo; obtener indebidamente devoluciones; incumplir obligaciones de facturación o documentación; obstruir, resistirse o negarse a las actuaciones de la administración tributaria; o dejar de ingresar deuda resultante de una autoliquidación.

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