Más allá de la subida de la cuantía y la reestructuración de la línea de ayudas asistenciales, la reforma del SEPE conlleva también otras novedades de calado para aquellas personas sin trabajo que se benefician de la prestación por desempleo, el conocido paro, o uno de los cinco subsidios que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal. Y algunas de ellas también de gran relevancia para los potenciales solicitantes.
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Una de ellas es la supresión de la deducción para los trabajadores a tiempo parcial que se aplicaba hasta que el nuevo Real Decreto ha entrado en vigor el pasado 1 de noviembre. ¿Qué significa? Los empleados que hayan perdido su trabajo a media jornada ya no recibirán subsidios parciales, como sucedía anteriormente, sino que comenzarán a percibir la prestación completa, fijada en 570 euros durante los seis primeros meses para después reducirse gradualmente hasta los 480. Antes de la entrada en vigor de la reforma, los desempleados que habían perdido su puesto a media jornada recibían un subsidio proporcional a las horas trabajadas. Es una medida del que también
Un ejemplo. Un trabajador a media jornada cobraba el 50% del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), el porcentaje que fijaba la cuantía del subsidio. Equivalía a 240 euros, mitad de la ayuda cuando era de 480 euros. Con la nueva normativa, recibirán el subsidio íntegro y durante un tiempo máximo de 30 meses. Con este cambio, hay que tener en cuenta que el ingreso ha ascendido hasta los 570 euros (95% del IPREM actual) durante los primeros seis meses de prestación, después pasará a 540 el siguiente medio año y, ya el resto del tiempo, serán 480 euros. Esta subida no se aplica al subsidio para mayores de 52 años.
A la espera de que en abril entre en vigor el Complemento de Apoyo al Empleo, la herramienta con la que será posible compatibilizar durante 180 días un trabajo por cuenta ajena con el paro o el subsidio, hay además otras novedades de calado. El SEPE elimina el mes de espera para acceder al subsidio cuando se agota el paro. De esta forma, el ministerio de Trabajo pretende «evitar vacíos en la cobertura de los colectivos más vulnerables». También se amplía a 6 meses el plazo de solicitud y se reduce su reconocimiento a un trimestre, cuando antes era de un semestre.
Entre otas cuestiones, se modifica el requisito de insuficiencia de renta para facilitar su cumplimiento, ya que la renta podrá calcularse individualmente o por unidad familiar, incluyendo también parejas de hecho. Este requisito podrá acreditarse mediante «declaración responsable», verificándose estos datos con posterioridad.
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