Familia ajena a la información. Pankra NIeto

Los perceptores de la RGI podrán rechazar un empleo sin ser penalizados por razones de conciliación

La sanción para no aceptar una oferta de trabajo de manera injustificada es de seis meses sin percibir la ayuda

Martes, 10 de mayo 2022, 12:00

Una de las metas que persigue la Renta de Garantía de Ingresos es la vuelta a una vida normalizada de los perceptores. Y, para ello, los que son aptos para el trabajo, deben incorporarse al mercado laboral. El anteproyecto de ley, por ello, recoge ... la posibilidad de retirar la subvención durante seis meses a quienes rechacen una oferta de empleo o un curso de formación y a los que abandonen su trabajo o los estudios que haya iniciado de la mano de Lanbide. La normativa, en cualquier caso, marca unas excepciones, y no perderán la ayuda los perceptores que acrediten que no pueden aceptar el empleo o un curso de formación por las siguientes razones:

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    Por tener a personas vulnerables a su cargo

Los preceptores que tengan a su cargo a menores de 12 años, discapacitados o familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que no sean capaces de valerse por sí mismos no serán penalizados. Eso sí, siempre que justifiquen la imposibilidad de compatibilizar el trabajo con la atención a sus seres queridos.

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    Por tener familias con hijos

En ese caso, el perceptor que rechaza de forma «injustificada» un empleo seguirá cobrando la cuantía base, de 491 euros al mes este año, pero la Administración le retirará el complemento individual (un 50% 'extra') y los vinculados a las características de la unidad de convivencia.

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    Por estar enfermo

Podrá ausentarse del proceso de selección de empleo o de un curso si se justifica padecer algún tipo de dolencia.

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    Si la oferta de trabajo no se corresponde con su perfil profesional

Son los casos en los que no coincide con las preferencias laborales manifestadas por el beneficiario de la prestación o de la profesión desarrollada en el último año por aquella. También si no se adecúa a sus aptitudes físicas y titulación o con la formación propuesta por el servicio de orientación para el empleo de Lanbide.

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    Por el coste de los cursos de formación

Si el viaje en transporte público a un curso supone un 20% de la cuantía base de la prestación, el beneficiario podrá rechazarlo sin perder la RGI. O también, en caso de que la duración del curso no alcance el mes, de la que resulte del cálculo de la cuantía base por días.

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    Si el tiempo diario de desplazamiento es excesivo

Podrán rechazar un curso si el tiempo de viaje es superior al 25% de la duración de las clases.

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    Si no se dispone de un medio de transporte cercano

Pueden negarse a recibir la formación aquellos en los que sus medios de transporte próximos a su domicilio tengan unos horarios incompatibles con el lectivo. También si la formación o proceso de selección se encuentra dentro de un radio superior a la distancia que reglamentariamente se determine.

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