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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) no ve claras las restricciones que el Gobierno vasco ha puesto al desembarco en la comunidad del alquiler de vehículos de turismo con conductor (VTC) y ha acordado recurrir los principales artículos de la norma ... autonómica que regulan al sector. La principal es la exigencia de que medie un periodo mínimo de precontratación entre la solicitud del cliente y el servicio, pero también cuestiona la prohibición de que estos medios de transporte no puedan estar circulando por la vía pública cuando no estén realizando un servicio, la obligación de no visibilizar la disponibilidad del vehículo VTC cuando esté aparcado en la calle o que no se puedan geolocalizar los automóviles disponibles en el entorno más cercano al potencial usuario.
Con la interposición de este recurso contencioso-administrativo, la CNMC se reafirma en su planteamiento de que estos artículos restringen la competencia y no están suficientemente justificados desde la óptica del bienestar general. De hecho, ya el pasado mes de febrero solicitó formalmente al Gobierno vasco para que revisara estos preceptos identificados como problemáticos en el decreto que aprobó el propio Ejecutivo autonómico, requerimiento que fue rechazado.
La CNMC ha recordado que está legitimada para impugnar actos de las Administraciones Públicas sujetos a Derecho administrativo y las disposiciones de rango inferior a la ley de los que se deriven obstáculos al mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados, al amparo del artículo 5.4 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC. La decisión de impugnación cuenta con el voto particular de dos consejeros.
La impugnación, que ya se ha ha sido registrada formalmente en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, no tiene por qué tener efectos prácticos para la actividad normal del sector en Euskadi, toda vez que la propia norma ya se encuentra parcialmente suspendida de forma cautelar por el mismo órgano judicial desde el pasado 20 de diciembre, apenas cuatro horas después de que entrase el vigor el decreto del gobierno vasco que fijaba sus condiciones reguladoras. Ya entonces los jueces admitieron un recurso de la plataforma Uber que pedía anular los dos artículos más polémicos del reglamento, el que exige precontratar un servicio con 30 menutos de antelación y el que prohíbe recurrir a la geolocalización para que los clientes puedan solicitar que les recoja el vehículo que se encuentre más cerca de ellos en ese momento. Fuentes del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno vasco han confirmado que todavía las restricciones seguirán sin poder aplicarse hasta que haya una resolución judicial al respecto. Eso sí, los magistrados podrían decidir atender las peticiones de la CNMC y extender las suspensiones cautelares también a la prohibición de que estos medios de transporte no puedan circular por la vía pública si no están realizando un servicio o la obligación de no visibilizar la disponibilidad del vehículo VTC cuando esté aparcado en la calle
En cualquier caso, el Ejecutivo autónomo se mantiene firme en su postura de que Los VTC en Euskadi deben respetar la obligación de precontratar cada salida con media hora de antelación, tal y como recoge el decreto aprobado el pasado diciembre. El departamento también insiste en prohibir a sus conductores que circulen en busca de clientes y usen la geolocalización para facilitar que les elijan si están más cerca que, por ejemplo, un taxi. Por eso en febrero el Consejo de Gobierno se mostró contundente al rechazar la petición de la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia de derogar cuatro de los artículos de una normativa que considera “legítima, necesaria y proporcionada”.
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