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Los ayuntamientos serán los encargados de cobrar el nuevo canon que se aplicará a los pisos que lleven más de dos años vacíos, tal y como establece el decreto de vivienda deshabitada que aprobó este martes el Gobierno vasco. Los consistorios deberán reinvertir los ingresos ... en sus políticas municipales en esta materia.
La nueva normativa entrará en vigor «en los próximos días», tan pronto se publique en el Boletín Oficial del País Vasco. El documento detalla los criterios para declarar una vivienda vacía -desde el padrón a consumos anormalmente bajos de electricidad, agua y gas- y, a partir de ahí, las medidas a aplicar para intentar sacarlos al mercado, ya sea en venta o alquiler. Entre ellas, destacan los casos extremos que habilitan a las administraciones para imponer el alquiler forzoso e incluso la expropiación.
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Aunque quizá la más llamativa, porque sí está previsto aplicarla de manera generalizada, es el cobro de un nuevo canon. Se trata de un gravamen especial, «extra fiscal», que obligará al dueño de un inmueble deshabitado sin justificación a pagar 10 euros al año por cada metro cuadrado de superficie útil. Pero, cuidado, porque esta cantidad puede triplicarse hasta los 30 en el caso de que el propietario persista en su actitud.
El consejero de Vivienda, Iñaki Arriola, remarcó este martes que los ayuntamientos serán los competentes para acreditar la desocupación y realizar las inspecciones, aunque de manera subsidiaria también podrá hacerlo el propio Gobierno vasco. Para que se pueda aplicar el canon, previamente se deberá acreditar que la casa lleva dos años vacía.
Esto podría hacer pensar a muchos que aún tienen ese plazo para regularizar la situación de su propiedad, aunque no tiene por qué ser así. Fuentes del Ejecutivo precisaron que los ayuntamientos que tengan avanzadas sus declaraciones de vivienda deshabitada podrán presentarlas y, «si se ajustan a los criterios», iniciar los trámites para aplicar el gravamen de manera inmediata. Por ejemplo, en el Ayuntamiento de Bilbao tienen localizados «4.240 pisos privados vacíos», de los que más de 1.500 superarían de largo los dos años sin habitar. Y el último informe sobre el uso de la vivienda en Euskadi detalla que «existen 15.149» objeto de canon.
Además del canon, a los que sigan sin querer vender o arrendar su piso se les puede obligar a un alquiler forzoso. Y en última instancia, corren el riesgo de ser expropiados. En ambos casos, el consejero debe firmar que la zona donde están radicados esos inmuebles es de acreditada demanda y necesidad. Para lograr esa declaración, se deben cumplir dos requisitos: que en ese entorno haya cien demandantes de vivienda en alquiler inscritos en Etxebide que lleven dos años sin encontrar piso; y que los precios medios de la renta en la zona sean un 10% superiores a la media de la localidad. El alquiler forzoso en régimen público será viable un año después de que se declare vacía una casa y se podrá extender cinco años, prorrogables otros cinco. El titular recibirá una renta o, si no hay acuerdo, «una indemnización».
El decreto también prevé para el caso extremo de la expropiación forzosa que se aplique en zonas de acreditada demanda «para garantizar su uso o en casos en los que el inmueble esté en riesgo de ruina o incumpla las normativas de conservación y genere inseguridad para las personas». Si se expropia una vivienda, «se priorizará su rehabilitación y puesta a disposición de asociaciones sin ánimo de lucro».
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