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Hace unos días José Barrionuevo rechazaba de plano que se conceda el indulto a los condenados por el 'procés'. El exministro razonaba así: «Es que nuestro caso y el suyo se parecen como un huevo a una castaña». Efectivamente tiene razón, los hechos por los ... que han sido condenados los independentistas nada tienen que ver con los gravísimos hechos por los que fueron condenados Barrionuevo y Vera. Los del 'procés' han sido condenados algunos por sedición y malversación, otros sólo por sedición y otros por desobediencia. El de sedición se caracteriza en razón al bien jurídico que se protege, como un delito contra el orden público. No es un delito contra el orden constitucional como con frecuencia se tergiversa. El Supremo excluyó el delito de rebelión «por la ausencia de una violencia instrumental, ejecutiva, preordenada y con una idoneidad potencial para el logro de la secesión. Pero también, de modo especial, por la falta de una voluntad efectiva de hacer realidad alguno de los fines establecidos en el art. 472». Añade el Supremo: «en realidad lo que querían era una negociación directa con el Gobierno del Estado».
El exministro y el ex secretario de Estado fueron condenados por el secuestro de Marey y por malversación al haber autorizado que se dispusieran de más de 500.000 francos para pagar a los mercenarios. Decía el Supremo en 1998: «Nos hallamos ante un hecho sumamente grave, sobre todo por la circunstancia de que precisamente aquellos que en la organización del Estado tienen encomendado velar por la libertad y el ejercicio pacífico de los derechos ciudadanos, sin justificación alguna y sólo por una razones de prestigio político difíciles de entender e imposible compartir cometieron la infracción de privar de libertad durante diez días en condiciones infrahumanas a una persona…». Y añade: «las penas concretas a imponer a los mayores responsables de lo ocurrido, esto es, a las autoridades políticas que decidieron, consintieron y permitieron tan larga duración en la privación de libertad de un ciudadano, han de ser las máximas permitidas por la Ley». Efectivamente, como un huevo a una castaña.
Pobre Barrionuevo si piensa que sus hechos son menos graves desde la perspectiva de la defensa de los derechos humanos y del respeto al Estado democrático de Derecho. Qué lamentable ingenuidad si piensa que su currículo en la lucha contra ETA le exonera de responsabilidad y le da razones para considerar que la concesión del indulto era una deuda del Estado de Derecho. Conviene recordar que ni Barrionuevo ni Vera mostraron en ningún momento señales de 'arrepentimiento'. Al contrario, el exministro en todo momento expresó que la sentencia le producía un sentimiento de «injusticia, indefensión e, incluso, de humillación». En diciembre de 1998, tres meses después salían de la cárcel, gracias al indulto concedido por Aznar, sin que se conozcan las razones de «justicia, equidad o utilidad pública». El Gobierno se amparó en el informe del Supremo que los condenó, que se mostraba favorable a la medida en razón a que ya habían transcurrido 15 años de los hechos y los autores no actuaron «con fines de carácter personal y egoísta». Algún día habrá que hablar de la interdicción de la arbitrariedad pero no sólo para el Gobierno sino también para los tribunales.
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