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EL CORREO
Viernes, 30 de abril 2021, 00:25
Una de las pocas cosas buenas que nos deja la pandemia es el impulso que ha dado a la digitalización de la Administración Pública. Aunque con distinto nivel de acierto, las restricciones a la movilidad han derivado en la activación digital de todo tipo ... de servicios.
Uno de los organismos que mayor esfuerzo está haciendo estos meses por reforzar sus canales de atención al público en remoto es la Tesorería General de la Seguridad Social. Una vez dejados atrás los cuellos de botella generados por los ERTE y las solicitudes del Ingreso Mínimo Vital, se ha lanzado a la activación de un portal (Import@ss) que permite realizar desde cualquier dispositivo hasta cuarenta gestiones y consultas distintas. Desde consultar nuestra vida laboral o si estamos al corriente de obligaciones hasta, por ejemplo, registrarnos como autónomos o dar de alta o de baja en tan solo seis minutos y unos pocos clicks a una empleada del hogar.
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En este caso concreto, además de señalarnos qué datos nos harán falta para completar las gestiones y en qué plazos, se nos recuerda que cuando una persona presta servicios domésticos en el hogar de otra a cambio de un salario, la responsabilidad de tramitar el alta y de ingresar las cuotas corresponde generalmente al empleador. Esto quiere decir que es obligatorio dar de alta al trabajador independientemente del número de horas de trabajo al día o a la semana y que si la persona presta sus servicios en varias casas, cada empleador debe tramitar un alta diferente. Como excepción, si lo han acordado entre ambas partes y si la jornada es inferior a 60 horas mensuales, el trabajador puede gestionar él mismo el alta e ingresar la cuota íntegra.
En cualquier caso, las cuotas las debe ingresas la persona que tramite el alta, por lo que, puede corresponder al empleador o al trabajador. En cualquier caso, si el empleador ingresa las cuotas, deberá descontar del salario del trabajador la parte correspondiente a la aportación del trabajador. Si el responsable de ingreso es el trabajador, el empleador deberá abonarle la parte de la cuota que le corresponde.
Más información
A continuación, se nos recuerda que empleador y trabajador del hogar deben abonan mensualmente una parte de la cuota y se nos guía en el cálculo de ésta en función de las peculiaridades de la relación laboral acordada. Por otra parte, el portal ofrece una amplia guía práctica del empleo en el hogar con detallada información sobre cuestiones como los derechos y obligaciones, las tablas con tramos de cotización.
Si ya estamos al corriente de todos estos detalles basta con clickar en el botón 'dar de alta' que vemos nada más acudir a este apartado y dejarse guiar en la intriducción de unos pocos datos indicando quién realizará el alta, los datos de la jornada y el salario mensual más las pagas extras, si las hay.
Más información
La nueva web se ha organizado distinguiendo dos partes: una página principal o de acceso público, y un área personal. En el área pública se recoge toda la información necesaria para realizar cualquier trámite o gestión, organizada en cuatro grandes categorías: vida laboral e informes; altas, bajas y modificaciones; consulta de pagos y deudas, y modificaciones. Estas cuatro categorías se completan con un apartado dedicado a las consultas más habituales; acreditación del número de la Seguridad Social, alta y baja en empleo de hogar, modificación de tus datos como empleador del hogar, obtener un documento que acredite que estamos al corriente en el pago de las deudas con la Seguridad Social e informe de bases de cotización.
En lo que se refiere el área personal, una vez que se accede con los medios de acreditación habilitados (vía SMS, Cl@ve o certificado digital), veremos de forma inmediata toda la información disponible sobre nuestra situación laboral desde que empezamos a cotizar.
Todos los informes, justificantes y demás que consulte el ciudadano se guardarán en una carpeta personal. Si a un trabajador le da de alta una empresa, recibirá un SMS en su móvil y podrá, desde el portal, comprobar que los datos declarados por su empleador son correctos. Esta información se podrá generar en un archivo PDF o enviarse por 'whatsapp'
En los próximos meses, la Seguridad Social se espera ofrecer servicios concretos a determinados colectivos, como los autónomos.
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