j. murcia/L. palacios
Jueves, 21 de enero 2021, 00:34
Se ha hecho de rogar más de lo esperado, pero por fin Gobierno, patronal y sindicatos llegaron el pasado martes a un acuerdo para la prórroga hasta el 31 de mayo de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs). Una medida ... de flexibilización laboral que actualmente protege a unos 700.000 trabajadores y que en líneas generales respeta los puntos fijados en la anterior prórroga del 1 de octubre. Finalmente los empresarios, representados en la CEOE, se sumaron al consenso que ya habían alcanzado el Ejecutivo y las dos centrales sindicales participantes en las conversaciones, UGT y CC.OO.
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A falta de conocer la letra pequeña del acuerdo, que se hará oficial la semana que viene con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), estos son los aspectos más destacados de la nueva prórroga de los ERTE, que tendrá un coste público de unos 5.400 millones de euros..
-Se mantiene el grado de protección para los tres tipos de ERTE: los que protegen a las empresas de sectores especialmente afectados por la pandemia; los de impedimento (ocasionados por las restricciones a la actividad impuestas por la Administración Pública); y los de limitación (para negocios a los que se impide parcialmente desarrollar su labor).
A estas compañías se les exonerará de pagar a la Seguridad Social las cuotas de sus trabajadores en unos porcentajes que van del 70% al 100%, en función del tipo de expediente de regulación al que estén acogidas y su tamaño. Además -y esta es una de las novedades del nuevo acuerdo-, se incluyen nuevos sectores en la lista de los especialmente protegidos, que hasta la fecha eran 42. Se añaden a este grupo actividades como los campings y aparcamientos para caravanas o el transporte por carretera (autobuses).
-Sigue en pie la salvaguarda del empleo. Es el punto que más ha retrasado la firma del acuerdo. Gobierno -a través del Ministerio de Trabajo- y sindicatos coincidían en mantener la prohibición a las empresas de despedir durante seis meses a ningún trabajador que hubiera salido del ERTE. Si no cumplen esta condición, la empresa deberá devolver las cuotas exoneradas de toda la plantilla.
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La CEOE pedía una flexibilización de la norma, de manera que tuvieran que reintegrar las cuotas no pagadas únicamente de los trabajadores despedidos. Gobierno y sindicatos se mantuvieron firmes y no cedieron a las pretensiones de la patronal, que sin embargo espera que la interpretación de la norma se realice de forma «proporcional». Es decir, que si una empresa tiene varios centros de trabajo y se ve obligada a despedir a varios empleados de uno de ellos, la devolución de las cuotas afecte sólo a los trabajadores de ese centro, y no de todos.
Más información sobre los ERTEs
j. Murcia/l. Palacios
José María Camarero
iratxe Bernal
-Condiciones para acogerse a un ERTE. Se mantienen, tanto para las empresas como para sus trabajadores. En el primer caso, la prohibición de repartir dividendos ni hacer horas extras mientras estén acogidas a un expediente de regulación. Respecto a los empleados, y tal y como ocurría hasta ahora, no se les exigirá un periodo previo de cotización. Y seguirán cobrando el 70% de su salario. Además, se les mantendrá el 'contador a cero' del paro a aquellos trabajadores que se queden en la calle al finalizar su contrato o ser despedido antes del 1 de enero de 2022.
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-Menos trabas burocráticas. La cuarta prórroga permitirá ampliar de forma automática todos los ERTEs sin necesidad de nuevas autorizaciones administrativas. Además, se implementa un mecanismo automático de cambio entre los ERTEs de impedimento y limitación, de manera que se pueda pasar de uno a otro sin necesitar el permiso administrativo.
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