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La multa de Hacienda que puede llegar a los 50.000 euros

La multa de Hacienda que puede llegar a los 50.000 euros

La Agencia Tributaria sanciona a los autónomos y negocios que utilicen programas informáticos de doble contabilidad que ocultan parte de la facturación

Jueves, 23 de diciembre 2021, 00:24

Hacienda puede multar con hasta 50.000 euros a aquellos autónomos y negocios que utilicen 'software de doble uso'. Es decir, aquellos sistemas informáticos que permiten ocultar al fisco parte de la contabilidad para tributar menos de lo que realmente corresponde. Es una de las sanciones que contempla la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, aprobada el pasado 11 de julio.

Con el uso de la doble contabilidad, los negocios infractores podían emitir tickets por el importe íntegro de la compra o consumición sin que ese pago quedara reflejado en los registros oficiales. De manera que, a ojos del consumidor, no se había producido ningún fraude. La Agencia Tributaria llevaba tiempo estrechando el cerco sobre este tipo de prácticas, y la Ley 11/2021 le ha dotado de las herramientas necesarias.

La norma fija un régimen sancionador específico -algo que hasta ahora no existía- tanto para la producción, producción y comercialización de estos sistemas informáticos como para su tenencia. En el primer caso la sanción alcanza los 150.000 euros «por cada ejercicio económico en el que se hayan producido ventas, y por cada tipo distinto de sistema o programa informático o electrónico que sea objeto de infracción». Por su parte, la sanción para la tenencia de sistemas informáticos «que no estén debidamente certificados» asciende a 50.000 euros por cada ejercicio.

Esta ley supone una especie de atajo en la lucha contra este tipo de fraude, puesto que ya no es necesario demostrar que un determinado negocio está aplicando una doble contabilidad. La simple tenencia de sistemas informáticos que no estén debidamente homologados es suficiente para aplicar las sanciones. Pese a que el grueso de la normativa entró en vigor el 11 de julio, el artículo relacionado con el software de doble uso comenzaría a tener efecto «transcurridos tres meses desde la entrada en vigor de la Ley». Es decir, desde el pasado 11 de octubre.

El TicketBai vasco

En Euskadi la lucha contra este tipo de fraude tiene el nombre de TicketBai. Es el sistema de control de la facturación elaborado por las haciendas forales de Bizkaia, Álava y Gipuzkoa, y el Departamento de Hacienda del Gobierno vasco. A partir de su entrada en vigor -que varía según el territorio histórico- todas las personas físicas y jurídicas que ejercen una actividad económica deben usar un software de facturación que cumplan con unos requisitos técnicos establecidos.

La obligación de la factura digital en Bizkaia debía haber entrado en vigor el pasado 1 de enero, pero por causa de la pandemia se aplazó un año. Sin embargo, ante el caos informático producido en primavera durante la campaña de la renta la diputación foral, la hacienda vizcaína decidió retrasarla dos años más, hasta el 1 de enero de 2024. Eso sí, existen incentivos fiscales para quienes decidan implantar TicketBai de forma voluntaria desde el próximo 1 de enero de 2022.

La normativa foral de Bizkaia fija sanciones para quien incumpla la obligación de facturar con la nueva herramienta de contabilidad. En concreto, un 20% de la cifra de negocio, con un mínimo de 20.000 euros. Si el contribuyente sancionado volviese a cometer la misma infracción la multa se elevará hasta el 30% de su cifra de negocio, con un mínimo de 40.000 euros.

En Álava, TicketBai será obligatorio para todos los contribuyentes desde el 1 de octubre de 2022, aunque el próximo 1 de enero se abre el plazo voluntario, y en los meses siguientes se deberán sumar algunas actividades concretas. La primera de ellas -el 1 de abril-, las asesorías colaboradoras de la Diputación foral. En cuanto a las sanciones contempladas para quien no cumpla con la obligatoriedad, son similares a las de Bizkaia, con una sola diferencia: el importe mínimo con el que se sanciona a los reincidentes es de 30.000 euros.

Por su parte, Gipuzkoa retrasó la implantación obligatoria de TicketBai del 1 de enero al 1 de julio de 2022. Eso sí, al igual que en Álava, serán los asesores los primeros en trabajar bajo con el nuevo sistema de facturación, al que se sumarán progresivamente el resto de actividades económicas. Todas ellas deberán usar TicketBai el 1 de junio de 2023. Las sanciones para los infractores son las mismas que las contempladas en Álava.

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