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iratxe bernal
Sábado, 29 de enero 2022, 01:15
La pregunta del titular es estos días tan común que la Seguridad Social ha publicado en sus redes sociales un mensaje que aclara cómo y quién debe tramitar las baja laboral la baja laboral en estos casos.
Según explica en él, es el empleado quien ... debe solicitar el pago a la Seguridad Social (algo que puede hacer a través de este link) o la mutua que corresponda, en el caso de que se tenga concertado con ella el riesgo de accidente.
Para iniciar los trámites, el empleado debe contactar con su centro de salud y solicitar el parte de baja. Cuando lo reciba deberá presentarla junto al impreso de solicitud de pago directo del INSS (o de la Mutua) y un certificado del empleador en el que se detalle cuál es la base de cotización.
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Por otra parte, hay que recordar que de cara a la prestación económica, la baja por Covid se considera como un accidente de trabajo. El matiz es importante porque en la incapacidad temporal por enfermedad común no se cobra hasta pasados tres días mientras que en las bajas por accidente laboral se cobra el 75% de la base de cotización desde el primer día. Esta prestación la paga desde el principio la Seguridad Social o la mutua.
Si es el empleador el encargo de pagar la cotización, tendrá que seguir pagándola, aunque sin la cuota obrera. «Los días que esté de baja solo cotizarás la parte de la cuota del empleador», señala la Seguridad Social en su mensaje.
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