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ERTE por coronavirus: qué es y cómo solicitar el paro con las nuevas medidas

ERTE por coronavirus: qué es y cómo solicitar el paro con las nuevas medidas

El Gobierno agiliza los trámites para que las empresas soliciten los expedientes de regulación de empleo temporales y da más protección a los trabajadores afectados

Martes, 17 de marzo 2020

Las patronales y los sindicatos llevaban días pidiendo al Gobierno la aprobación de medidas extraordinarias para minimizar el impacto de los miles de despidos o reducciones de jornada que están teniendo que aplicar muchas empresas afectadas por la crisis del coronavirus. En los últimas horas se han sucedido los expedientes de regulación de empleo temporales (ERTE) por parte no sólo de grandes compañías, sino también de medianas y pequeñas organizaciones. Por eso el Consejo de Ministros ha dado luz verde a un Real Decreto-Ley que agiliza los mecanismos y plazos de autorización de los ERTE, entre otras medidas.

-Los trabajadores afectados por uno de estos expedientes por motivo de la crisis sanitaria del coronavirus tendrán derecho a percibir la prestación por desempleo aún en el caso de que no hayan cotizado el tiempo suficiente (periodo de carencia) para acceder al subsidio. Ese periodo de carencia está fijado hoy día en 180 días de cotización en los últimos cinco años.

-Además, el periodo de cobro de la prestación -mientras dure la crisis del coronavirus- no contará a la hora de cobrar futuras prestaciones por desempleo. Es decir, que se pondrá «el contador a cero» una vez termine este momento excepcional. Se considera, por lo tanto, un paréntesis en el subsidio del paro.

Vídeo.

-Ningún trabajador se quedará sin percibir la prestación en caso de que no pueda realizar los trámites a tiempo. Se le garantizará este derecho aunque no pueda finalizar la solicitud en plazo.

-El Decreto-Ley aprobado este martes pretende agilizar el proceso y los plazos de implementación de los ERTE. Se considerarán de «fuerza mayor» los expedientes de regulación temporales que tengan su origen en medidas adoptadas para hacer frente a la epidemia. Las empresas deberán remitir a la autoridad laboral un informe que vincule su solicitud con las medidas del Gobierno que hayan perjudicado a su actividad. Dichas solicitudes de las empresas se resolverán en un plazo máximo de siete días.

-Las empresas que realicen un ERTE a causa del coronavirus podrán acceder a una exoneración de las cuotas a la Seguridad Social que corresponderían abonar por los trabajadores afectados por el expediente. Se aplicará tanto a las personas empleadas con suspensión del contrato como a aquellas que vean reducida su jornada por el ERTE.

¿Qué es un ERTE?

Es un mecanismo contemplado en el Estatuto de los Trabajadores que permite a las empresas suspender contratos de trabajo o reducir las jornadas laborales de manera temporal cuando atraviesen por dificultades económicas, técnicas u organizativas que pongan en riesgo su viabilidad. Y esa es la situación en la que se ven ahora miles de compañías españolas a causa del parón productivo originado por el coronavirus. En este caso se entiende que es una suspensión del contrato por fuera mayor temporal, aunque también puede adoptar forma de reducción de la jornada laboral.

Los ERTE y la situación de paro

Los trabajadores suspendidos de su trabajo en el marco de un ERTE pasan a encontrarse en situación legal de desempleo. La persona trabajadora recibirá la prestación durante el tiempo que dure el expediente. En cuanto a su importe, depende de la base reguladora. Se calcula teniendo en cuenta la base por contingencias profesionales de los 180 últimos días cotizados, si bien en este caso el Gobierno ha abierto la mano y permitirá el acceso a la prestación a todos los afectados, aunque no hayan cumplido ese plazo mínimo de cotización.

En general, el importe diario de la prestación durante los primeros 180 días es el 70% de la base reguladora. A partir de ahí, será del 50% hasta el final de la prestación. Si el desempleo es parcial, recibirá la parte proporcional a la horas en las que esté desempleado y el consumo de la prestación se producirá por horas y no por días.

Dado que se trata de una suspensión del contrato, y no una extinción, la persona trabajadora no tendrá derecho a una indemnización por parte de la empresa.

¿Y cuando acabe el ERTE?

El ERTE es una medida temporal. Así que cuando cesen las causas que lo han originado, las empresas están obligadas a reincorporar a todas las personas afectadas a sus puestos de trabajo.

¿Cómo se solicita el paro si las oficinas del SEPE están cerradas?

Las medidas de confinamiento decretadas por el Gobierno incluye el cierre de las oficinas públicas del SEPE. Pero se mantiene la atención telefónica, y además queda la posibilidad de tramitar las solicitudes de forma telemática.

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