Trabajadora en un mercado EFE

Los nueve requisitos que marca Osalan para eliminar las mascarillas en los puestos de trabajo

El Instituto Vasco para la Seguridad Laboral recuerda que obligar al uso del tapabocas requiere un informe de riesgos sobre el puesto de trabajo que lo justifique

Miércoles, 20 de abril 2022, 12:05

Un documento más bien parco que desarrolla poco el Real Decreto publicado hoy en el BOE y que pone fin al uso obligatorio de la mascarilla con «carácter general». Es el resumen de lo que el Instituto Vasco de Salud Laboral, Osalan, ha publicado ... esta mañana y que era una guía de pautas que las empresas esperaban para ver cómo adaptar la nueva normativa en sus centros de trabajo.

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El centro dependiente del Gobierno vasco no abunda mucho y recuerda los principios básicos de la normativa aprobada ayer en el Consejo de Ministros: el uso del tapabocas ya no es obligatorio, salvo en centros sanitarios y medios de transporte, y para mantener la exigencia de la mascarilla será necesario una evaluación de riesgos del puesto de trabajo que respalde esa medida.

Nueve criterios a valorar

Así pues, las empresas con sus servicios de previsión de riesgos son las encargadas de dictaminar y detectar qué puestos de trabajo no cumplen las condiciones para verse liberados del uso de la mascarilla. La clave, según explica Osalan está en que se respeten nueve elementos. Si alguno de estos no se cumple, es cuando la empresa puede obligar al trabajador a utilizar la mascarilla:

- Ventilación adecuada.

- Nivel de ocupación.

- Mantenimiento de distancia interpersonal de 1,5 metros.

- Tiempo de permanencia.

- Actividad.

- Condiciones de temperatura y humedad relativa.

- Utilización de espacios comunes (vestuarios, comedores, etc.).

- Medios de transporte particular compartidos.

- Existencia de personas vulnerables en el puesto de trabajo.

Osalan ha enviado esta misma mañana estas recomendaciones a las empresas de prevención de riesgos con las que ha mantenido el contacto en las últimas horas y que reconoce que están «inquietas» ante la incertidumbre abierta en este nuevo escenario. En este sentido, el subdirector de planificación de Osalan, Iñaki Olaizola, señalaba a EL CORREO que le parece «sensata» la decisión de muchas grandes empresas de Euskadi de esperar a la aplicación de la nueva normativa para estudiar bien la regulación y analizarlo con sus servicios de prevención.

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Acuerdo social y apuesta por el «uso responsable» antes que la obligación

Además, Olaizola, ha señalado que es importante adoptar medidas de acuerdo con la plantilla, «porque serán más fáciles de llevar a cabo y mantener en el tiempo». El responsable de Instituto Vasco de Salud Laboral ha insistido en que cree que el «uso responsable» del tapabocas debe explorarse hasta el final antes de plantear medidas que obliguen al uso de la mascarilla, un punto que deberá contar con el informe de riesgos sobre el puesto de trabajo que lo justifique.

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En caso de conflicto, cuando un trabajador rechace la obligación del uso de la mascarilla, deberá dilucidarse en primera instancia en la Autoridad Laboral, a través de Inspección de Trabajo.

Dificultades para elaborar una guía práctica

El problema para establecer una guía detallada es la multiplicidad y variedad de espacios en los que se desempeña un trabajo, aunque se en empresas del mismo sector. Eso hace complicado aterrizar respuestas concretas. No se analiza el sector, sino las condiciones del puesto del trabajo, señalan desde Osalan.

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El propio Gobierno central se retrasará unos días en publicar la guía de aplicación del nuevo Decreto que anula la obligatoriedad de uso de las mascarillas. Ayer mismo la Comisión de Salud Pública anunció que lo dará a conocer próximamente, sin concretar la fecha. Se trata de un documento que recoge las recomendaciones para el uso en interiores de las empresas del tapabocas fijando las líneas que se deben seguir para la aplicación del Real Decreto.

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