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Con el año han entrado en vigor nuevas normas de tráfico y modificaciones en la ley, y en los próximos meses también se producirán otros cambios, todos ellos relacionados con el permiso de conducir por puntos y el aumento de las penas en ... las infracciones consideradas más peligrosas. El objetivo: reducir a la mitad el número de muertos en la próxima década.
Vehículos de movilidad personal
Desde el inicio del año ha entrado en vigor la nueva regulación de los vehículos de movilidad personal (como los patinetes eléctricos, aquellos con una o más ruedas, de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que puedan proporcionar una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h). No pueden circular por las aceras y tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos. El ministro Grande-Marlaska ha anunciado que se va a crear un grupo de trabajo con los ayuntamientos para debatir la obligatoriedad de cuestiones como el uso del casco y del chaleco reflectante o si es necesario fijar una edad mínima para conducirlos.
Vías convencionales
Hasta ahora la ley de tráfico en su artículo 21 permitía que turismos y motocicletas pudieran rebasar en vías convencionales en 20 kilómetros por hora el límite de velocidad, que desde enero de 2019 está fijado en 90 km/h, cuando iban a adelantar a otros vehículos. Con la entrada en vigor de la reforma esta posibilidad se suprime y los adelantamientos deben producirse como mucho a la velocidad máxima permitida en ese tramo de vía.
Uso del móvil
La utilización indebida del teléfono en el coche, incluso si se lleva en la mano sin estar conectado en ese momento, supone el doble de puntos, pasando de los tres que se restaban hasta ahora a seis, porque se equipara a una infracción muy grave. La sanción económica es de 200 euros.
Circular sin cinturón
Hasta el momento, no utilizar el cinturón de seguridad, así como las sillitas infantiles o el casco, se sancionaba con tres puntos. Con la modificación, estos supuestos pasan a eliminar cuatro puntos del carné. Además, se entiende como causa de sanción el mal empleo de estos elementos, de forma que no llevarlos bien colocados también significará multa y menos puntos. En ambos casos se considera una infracción grave, con multa de 200 euros.
ayuntamientos
Detectores de radar
Tráfico ha modificado la regulación de los detectores de radares o cinemómetros. No solo se sancionará su uso, como ocurría hasta ahora, sino también llevarlos instalados en el vehículo. Pasa a suponer una infracción grave, es decir una multa de 500 euros y tres puntos menos en el carné.
Recuperar puntos
Se podrán restablecer 2 puntos del permiso por la realización de cursos de conducción segura certificados por la DGT. Se unifica en dos años el plazo sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos, independientemente de la gravedad de la infracción cometida.
Exámenes
Utilizar dispositivos de intercomunicación en los exámenes de conducir tendrá una multa de 500 euros y se penalizará al infractor con seis meses sin poder presentarse a la prueba.
Camiones
Ante la falta de profesionales, se reduce la edad mínima exigible para conducir camiones a los 18 años, frente a los 21 que se fijaba hasta ahora. Es necesario aprobar el Certificado de Aptitud Profesional (CAP).
entrada en vigor
Velocidad en espacios urbanos
Se aplicarán los nuevos límites de velocidad en vías urbanas, que quedarán establecidos en 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, es decir solo un carril y excepcionalmente, los ayuntamientos podrán aumentar la velocidad en vías de un único carril por sentido hasta una velocidad máxima de 50 km/h, previa señalización específica; 30 km/h en carreteras de un carril por sentido de circulación -uno de ida y otro de vuelta- y 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación. Esta medida se aplicará el 11 de mayo, a los seis meses de su publicación en el BOE, para que los ciudadanos las conozcan de forma adecuada y para que las administraciones públicas dispongan de un plazo suficiente para adaptar la señalización. La DGT argumenta que esta reducción de la velocidad está fundamentada no solo en las nuevas políticas de movilidad y seguridad vial de las ciudades, sino también en la demanda que numerosos municipios le han realizado para que efectuara un cambio normativo que les permita desarrollar adecuadamente los nuevos modelos de ciudad.
Futuros cambios
A lo largo de este año continuará la tramitación del anteproyecto de reforma de la ley de Tráfico y de Seguridad Vial y se aprobará el Reglamento de Vehículos de Auxilio en Carretera y la señal luminosa V-16 como alternativa y posterior sustitución de los triángulos de señalización de peligro que hay que usar ante incidencias en la carretera.
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