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La Sección Primera de la Audiencia vizcaína ha condenado a una multa diaria de diez euros durante seis meses a un policía municipal de Bilbao acusado del homicidio de un motorista cuando iba a cubrir una emergencia en la madrugada del 28 de diciembre de ... 2019, según ha podido saber este periódico. Los jueces entienden que se trata de imprudencia menos grave y aplican atenuantes: obligan al agente a que indemnice con 112.183 euros a los padres de la víctima y con 14.862 a la hermana. También le prohíbe conducir vehículos de motor durante ocho meses. Será la compañía de seguros del Ayuntamiento de Bilbao quien abone esa cantidades.
El policía y un compañero estaban patrullando con el vehículo oficial por el centro de Bilbao y fueron requeridos para acudir a la discoteca Moma en previsión de posibles incidentes. Según se recoge en la sentencia, los agentes consideraron «la situación urgente», activaron las luces de emergencia y se dirigieron hacia la sala de fiestas. En un momento determinado el copiloto «apagó» esas luces «sin avisar» al conductor, algo que el primero reconoció en el juicio. Al llegar a un cruce, el coche policial no respetó un semáforo en rojo y se adentró en la calle «sin luces de emergencia ni señales acústicas». Sin embargo, el agente que conducía creía que «estaban activadas», señala la sentencia.
Un motorista que pasaba por la intersección con el semáforo en verde para él colisionó contra la puerta trasera del vehículo policial, y falleció a causa del impacto. El vehículo policial circulaba aproximadamente a 45 km/h y la motocicleta a unos 64 km/h cuando la velocidad máxima permitida en la zona del accidente es de 30 km/h.
La Fiscalía rebajó la petición a multa al entender que existía una «concurrencia de culpas». La representante del Ministerio Público modificó sus conclusiones al final del juicio celebrado en la Sección Primera de la Audiencia vizcaína y redujo de diez a cuatro meses la multa con cuota diaria de 8 euros, además de seis meses de privación del carné de conducir en lugar de diez.
A su juicio, el exceso de velocidad de la Suzuki», que circulaba por encima de los 60 kilómetros por hora, «más del doble de la permitida», según el informe realizado por la Ertzaintza, y que el piloto careciera de permiso para conducir una moto de esa cilindrada disminuyen la responsabilidad del agente, que reconoció haber rebasado el semáforo en rojo con las luces de emergencia apagadas, aunque él las había accionado. «Hubo un comportamiento imprudente del conductor y de la víctima», cree la fiscal.
El choque se produjo en el cruce entre las calles Rodríguez Arias e Iparraguirre alrededor de las cinco de la madrugada del 28 de diciembre de 2019.
La acusación particular, que representa a la familia de Rubén, de 38 años, entendía, por contra, que el agente incurrió en una imprudencia grave y mantuvo su solicitud de cuatro años de prisión. Según relató la abogada, los allegados del motorista sufrieron una «victimización» tras el siniestro por la falta de información de la Policía y porque no se sintieron «arropados». La letrada recordó que en un primer momento se informó oficialmente que el coche patrulla llevaba puestos tanto los rotativos como la sirena, y que nunca les llegó la petición de perdón que el agente asegura que intentó.
«Un año antes del percance, la velocidad en ese tramo era de 50 kilómetros por hora» y el motorista «circulaba por su carril con el semáforo en fase roja» cuando el vehículo policial irrumpió en su camino, recordó la representante de la familia. En su opinión, no se ha demostrado que pese a que Rubén careciera de permiso, condujera con «falta de pericia». «No hubo un incumplimiento grave de la norma sino del deber de cuidado de un profesional con 19 años de experiencia patrullando las mismas calles», concluyó.
Para la defensa, que alegaba los atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas, en el caso se da una «concurrencia de culpas evidente». El informe pericial de parte sostenía que si la moto hubiera respetado la velocidad «ni siquiera habría tenido que frenar, ya que el coche patrulla habría pasado antes». De ser condenado por una imprudencia grave, el acusado hubiera perdido la condición de funcionario y su modo de vida.
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