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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Bilbao ha concedido a una pareja de ertzainas de Bizkaia una reducción de su jornada laboral del 99% sin percibir ningún tipo de merma salarial. El motivo de fondo es la grave enfermedad que padecen sus ... gemelos de 5 años, que sufren una dolencia «genética rara» sin cura conocida y que en principio «termina en la muerte en la primera década de vida». Esta medida se aplicará mientras los pequeños requieran «cuidados continuos, directos y permanentes» y, «en cualquier caso, hasta que cumplan los 18 años».
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La magistrada ha dado la razón a los agentes, que recurrieron a los tribunales de la mano del sindicato Esan después de que el Gobierno vasco no estimase su petición y les concediese una reducción del 66% de la jornada entre mayo y noviembre de 2021. La sentencia fue dictada el pasado 10 de octubre y es recurrible en apelación.
Los padres solicitaron la reducción del 99% porque sus niños, que tienen reconocido el mayor grado de dependencia, requieren atención las 24 horas del día y no es suficiente con que una persona sola se quede a su cargo. Los pequeños sufren una enfermedad denominada Leucodistrofia metacromática y son cuidados en casa. Según la sentencia, el Ejecutivo rechazó su solicitud porque no cumplían con el «requisito» que la administración exige: que los menores estén hospitalizados.
Según se recoge en el dictamen judicial, durante la vista oral declaró un neuropediatra del Hospital de Cruces «con más de 20 años de experiencia». Este especialista explicó que las personas afectadas por esta enfermedad sufren un «deterioro generalizado» que termina en la muerte en un periodo de 10 años.
normativa
«No andan, no comen solos, no se mantienen sentados y no controlan los movimientos de los brazos», se apunta en el fallo judicial. Incluso a la hora del baño, una persona debe estar sujetando a uno de los pequeños mientras la otra se dedica a limpiarle. Algo parecido ocurre durante la comida. «Por todo ello necesitan tres personas que les atiendan», apunta la magistrada, quien afirma que en los periodos de hospitalización «serían necesarias más» para cuidarles.
La jueza también fundamenta su fallo en que los niños están inmersos en un «ensayo clínico experimental» en el que la presencia de sus padres resulta muy «beneficiosa para ellos». En este contexto, estima el recurso en su integridad, impone el abono de las costas -hasta 300 euros- a la administración y subraya que su dictamen debe aplicarse mientras los niños requieran cuidados continuos. O, en todo caso, hasta que cumplan los 18 años.
enfermedad mortal
El sindicato Esan celebró la sentencia, ya que, a su juicio, supone un «avance sustancial» para los ertzainas que tienen que cuidar de sus hijos menores de edad. En este sentido, las fuentes consultadas criticaron que se publiciten a «bombo y platillo» planes de igualdad que inciden en el «postureo» mientras la realidad -insisten- es que se «limita» los derechos de los funcionarios y se relega a las mujeres «a una especie de incapacidad alejada de la realidad». Lo que se debe hacer -subrayan- es facilitar «de una vez una conciliación familiar «real» y no «poner trabas» cada vez que un ertzaina trata de ejercer sus derechos.
No se trata de la primera sentencia que gana este año un ertzaina en el ámbito de la conciliación familiar. El pasado marzo, un juzgado de lo social de San Sebastián reconoció por primera vez el derecho de una agente que cría sola a su bebé a disponer de las 10 semanas de permiso de paternidad que le corresponderían al otro progenitor. La sentencia, recurrible ante el Tribunal Supremo, le dio la razón al entender que existe una «conculcación del derecho a la igualdad» si no se concede este permiso a las familias monoparentales como si estuviesen compuestas por dos miembros.
La magistrada insiste en que las víctimas son los niños, que pueden pasar menos tiempo con su madre y, por tanto, sufren una «clara merma» en su «atención, cuidado y desarrollo» respecto a los que crecen en una familia biparental.
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