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El juez de guardia de Bilbao decretó el miércoles la puesta en libertad con cargos del único detenido de los cuatro individuos supuestamente implicados en ... una serie de robos en los últimos días en Santurtzi, Derio, Durango y Portugalete -considerados miembros de la 'banda del Kay'- al considerar que la Ertzaintza no aportó pruebas sólidas en su atestado. Según las fuentes consultadas por EL CORREO, el magistrado argumentó que no se puede aplicar una medida tan restrictiva con los derechos individuales si no existen indicios contundentes. Es decir, para enviar a alguien a la cárcel antes de un juicio no es suficiente con que este grupo, al que la Ertzaintza vincula con 115 robos en los últimos meses entre vehículos, bares, estancos, empresas y restaurantes, haya generado alarma social en Bizkaia. Una posición que contrastó con la de la Fiscalía, que pidió el ingreso en prisión del detenido antes de que se celebre el juicio.
Esta semana, el último atraco fallido en un bar desembocó en una persecución policial entre Portugalete y Zeberio, donde se produjo un «enfrentamiento» en el que los ertzainas llegaron a disparar sus armas al aire. Tres de los cuatro delincuentes que huían en un coche -muy conocidos por los policías- consiguieron escapar, pese a verse obligados a abandonar el vehículo en un camino rural sin salida. La Ertzaintza sólo logró detener horas después a Karim K., un argelino de 48 años.
Los agentes le llevaron después al juzgado de guardia de Bilbao. Le atribuían los robos cometidos en los últimos días, un delito de atentado contra la autoridad y la pertenencia al supuesto grupo criminal. La Fiscalía también pidió al juez prisión preventiva contra esta persona, aunque en su caso su acusación se sustenta sobre todo en el delito de atentado contra la autoridad. Es decir, el enfrentamiento surgido con los agentes cuando abandonaron el coche -intentaron agredirles con armas blancas- y el lanzamiento de objetos a la autopista desde el vehículo durante la persecución. Su petición de cárcel provisional -una medida que sólo puede aplicarse en unos pocos casos de extrema gravedad- se basaba esencialmente en el riesgo de reiteración delictiva.
Según las fuentes consultadas por este diario, tras tomar declaración al detenido y examinar el atestado policial, el juez de guardia decretó que se siga un procedimiento penal en el juzgado que corresponda por reparto, donde el acusado deberá comparecer cada 15 días. Se le investigará por robos con fuerza, atentado contra la autoridad, un delito contra la seguridad vial y pertenencia a grupo criminal. Sin embargo, lo que debía dirimir en ese momento era la petición de ingreso en prisión preventiva.
Y la rechazó por varios motivos. Para empezar -según los mismos medios-, el magistrado adelanta que no existen suficientes pruebas para sostener algunas de las acusaciones que pesan sobre el detenido. Gran parte de la imputación de los delitos a Karim K. se sustenta sobre una única premisa: que iba dentro del coche robado. Y para decretar una medida de prisión deben existir indicios sólidos.
El juez insiste en que el atestado carece de pruebas contundentes. Argumenta que su presencia en el coche no implica que participase en todos los robos que se le atribuye a la banda en los últimos días. En todo caso, podría achacársele el último intento de atraco que dio origen a la persecución.
Según las mismas fuentes, también rechaza que se le pueda imputar en esta parte del proceso la pertenencia a un grupo organizado, ya que Karim K. sólo había sido identificado en dos ocasiones en controles rutinarios junto a otros supuestos miembros del clan. A la hora de rechazar su ingreso en prisión preventiva insiste en que no se puede atribuir directamente al detenido el lanzamiento de objetos contra los agentes.
También afirma que el atestado peca de falta de concreción a la hora de describir cómo se produjo el enfrentamiento de los ladrones con los ertzainas cuando detuvieron sus coches en Zeberio. Y descarta el delito contra la seguridad vial por conducción temeraria, ya que los propios ertzainas que persiguieron el coche robado en ningún caso situaron al detenido al volante.
Fuentes de la Fiscalía Superior admiten que el caso de la 'banda del Kay' puede causar sorpresa en la opinión pública e incluso cierta alarma social, pero hacen hincapié en el carácter garantista del sistema judicial. «La prisión provisional es una medida cautelar excepcional para los casos más graves y solo se adopta con unos datos bien fundados», explican. La principal condición -aunque no la única- es que se observe un riesgo de fuga: «Hay elementos objetivos que ayudan a determinarlo, como tener residencia o menores a cargo». Esa privación de libertad preventiva también se puede dictaminar en caso de que se puedan eliminar o alterar pruebas de los presuntos delitos.
El otro gran argumento, tal vez el que más pudiera encajar en un caso de estas características, es el riesgo de reiteración delictiva. En este punto, esas fuentes advierten de que «los antecedentes policiales no son un motivo suficiente» para justificar la medida cautelar, algo que solo puede solicitar el Ministerio Fiscal o la parte acusadora, nunca el juez de oficio. «No es una cuestión que deslegitime la actuación de los agentes, es solamente que se debe examinar un soporte real y probado. Procesalmente hablando se necesita más que lo que diga un policía o un particular», zanjan.
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