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La Audiencia de Álava ha hecho públicas sus dos primeras sentencias de revisión de condenas en base a la aplicación de la controvertida ley del 'sólo sí es sí' y ha decidido rebajar de 12 a 7 años la condena de dos mujeres presas en ... la cárcel de Zaballa que violaron a una reclusa en la peluquería del centro penitenciario para robarle droga. En la «agresión sexual con penetración» participó una tercera rea que también fue condenada a los mismos años de cárcel y cuyo caso revisará próximamente la misma Sección Segunda de oficio, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. El juicio se celebró en mayo de 2021, semanas después de que la víctima se quitara la vida.
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Los tres magistrados que integran la sala explican que con arreglo a la denominada Ley de garantía integral de la libertad sexual se ha revisado el anterior artículo 180.1 del Código Penal en base al que se impusieron las penas a las tres acusadas como autoras «de agresión sexual con penetración vaginal actuando en grupo (artículo 178, 179 y 180.1.2.)» con el atenuante de adicción a las drogas.
Se entrentaban a penas de entre 12 años y 13 años y seis meses de prisión y se les impuso la mínima , ya que entre otras cosas consideran que no hubo un «ánimo lúbrico' en el delito ya que exploraron la vagina de la víctima en busca de sustancias estupefacientes pero si se atentó contra su libertad sexual. La nueva ley modifica esa horquilla y ahora va de los 7 a los 15 años, así que aplican la condena más beneficiosa para el reo.
En el caso de las tres acusadas no habrá excarcelación, ya que aún les queda por cumplir casi toda la condena. No ocurrirá lo mismo con el joven que realizó tocamientos a cuatro niñas y una joven en la pista de hielo las navidades del 2019. El Supremo ha rebajado su condena de nueve años a la mitad y quedará libre la semana que viene. Son los dos primeros casos de delitos sexuales juzgados en Álava en los que se redicen condenas por la 'ley del sólo sí es sí' promovida por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero y que está siendo muy criticada desde algunos partidos políticos y el mundo de la judicatura por la reducción de penas a delincuentes.
Las reclusas que se han visto beneficiadas con esta revisión de sentencia se sentaron en el banquillo de los acusados en mayo por haber acorralado en la peluquería de la cárcel alavesa a otra interna. Según la Fiscalía, la inmovilizaron, la desvistieron de cintura para abajo y le exploraron su vagina en busca de droga. La agresión ocurrió el 16 de julio de 2019 y la víctima denunció los hechos a los funcionarios, al personal sanitario y los ertzainas.
No pudo testificar en el juicio ya que se habían quitado la vida semanas antes en la prisión aragonesa de Zuera, donde fue trasladada para seguir con su condena por asesinar a su hija de siete años tiempo atrás. Pero sí llegó a testificar en la fase de investigación y su declaración jurada quedó grabada.
«Es claro que medió intimidación. El hecho de ser acorralada en el local y ser sujetada por las tres acusadas sin poder defenderse, teniendo que soportar que la metieran los dedos en sus partes íntimas sin desearlo, no cabe duda de que vulnera la libertad sexual de una persona, con independencia del ánimo que perseguían las agresoras», dictó aquel primer el fallo judicial hoy revisado. .
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