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El Tribunal Supremo ha vuelto a rebajar la pena a un acusado de un delito contra la libertad sexual con argumentos similares a los del ' ... caso Arandina'. Esta vez, pone el foco sobre una agresión ocurrida las navidades de 2019 en la pista de hielo de la Virgen Blanca. Un hombre que entonces tenía 28 años realizó tocamientos a cuatro niñas de entre 12 y 14 años y a una joven mayor de edad por lo que fue detenido y enviado a prisión. El juicio se celebró el pasado mes de enero y la Audiencia de Álava le condenó a nueve años de prisión, dos por abusar de cada una de las menores y uno más por la mayor. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ratificó la sentencia en abril y ahora el Supremo aplica la polémica la ley del 'sólo sí es sí' y rebaja las penas a la mitad. La reducción de condenas es el punto más controvertido de la norma, hasta el punto de que ha levantado fuertes críticas entre los partidos políticos y también en el mundo de la judicatura. El agresor podrá salir de la cárcel la semana que viene.
El primer fallo, denominado de instancia, señalaba que debía imponerse al acusado –en prisión provisional desde el 23 de diciembre– la pena mínima por «la escasa duración en el tiempo de los tocamientos abusivos, que fueron realmente fugaces, y su entidad poco significativa», señalaron los magistrados que, por otra parte, valoraron el impacto que los hechos habían causado en las cinco víctimas que, salvo dos, no se conocían entre sí. Esa pena mínima antes de la reforma de la ley se fijó en dos años de prisión por cada uno de los cuatro delitos de abuso sexual a un menor (antiguo artículo 183.1 del Código Penal) y en un año de prisión por el delito de abuso sexual a mayor de edad, nueve en total.
Ahora, el nuevo delito de abuso sexual a menor (art. 181) incluye una previsión en su párrafo segundo que antes no existía y que permite, en los casos de menor gravedad, rebajar en un grado la pena y es lo que se ha aplicado al condenado, al resultar la nueva legislación más beneficiosa para el reo.
Asimismo, el máximo de cumplimiento de pena en este caso queda reducido a la mitad. Antes era de seis años (el triple de la pena más elevada que eran dos años) y ahora será de tres años, por ser el triple de la pena más grave, que en aplicación de la reforma queda fijada en un año.
La Sala de lo Penal ha comunicado el fallo a la Audiencia Provincial de Álava para que acuerde lo procedente en relación con la situación personal del recurrente, ya que el 23 de diciembre cumplirá tres años en prisión y deberá ser excarcelado al alcanzar el tercer grado. Es la primera vez que se aplica la ley del 'sólo sí es sí' en un caso alavés.
Los abusos ocurrieron hacia las siete de la tarde de aquel 22 de diciembre de 2019. El acusado entró en la pista de hielo. «Patinaba con torpeza, a menudo cayéndose, y mostraba querencia por acercarse a chicas jóvenes que se encontraban en el recinto», señala la primera sentencia en el capítulo de hechos probados. Y luego pasa a relatar los movimientos que hizo «con ánimo de obtener satisfacción sexual». Así, se acercó a una primera niña de 12 años y «con el pretexto de enseñarle a patinar mejor, le dijo que se agachara y pusiese los pies 'en forma de pato'. A continuación la agarró de las muñecas y perdió el equilibrio, lo que provocó la caída de ambos». La menor encima del hombre, que «aprovechó la posición para tocar los glúteos de la chica». Luego ya en pie, volvió a hacerlo.
Después y, siempre según el relato de los magistrados, se dirigió hacia una niña de 14 años que estaba apoyada en una valla «se le acercó por detrás, la agarró de la cintura con las dos manos e intentó darle un beso en la mejilla», sin éxito, «al tiempo que le decía «ven conmigo» «vamos afuera» mientras tiraba de ella.
En un momento dado al individuo se le cayeron los auriculares y dos amigas de 14 y 13 años fueron a entregárselos. «Se apoyó en los hombros de ambas, dijo 'gracias, gracias', propinó un beso en la mejilla a una y le tocó el trasero a la otra». «Esta última experimentó una gran afectación emocional», prosigue el fallo.
También se dirigió hacia una joven ya mayor de edad a la que agarró de la mano. Ella le pidió que la soltara «pero continuó sujetándola con una mano y con la otra le tocó los glúteos». La joven se cayó al suelo y se hizo daño en una rodilla.
Ni los movimientos del individuo ni el malestar de las chicas pasó desapercibido para los padres que estaban tras la valla ni para los responsables de la instalación quienes le sacaron fuera y llamaron a la Policía Local.
La Audiencia de Álava, además de la pena de prisión, dictó órdenes de alejamiento e impuso al acusado indemnizaciones de entre 400 y 600 euros para cada una de las víctimas. El abogado recurrió la sentencia alegando «incoherencia, irracionalidad o arbitrio en la valoración de la prueba realizada por la Audiencia» y señalando también que se hallaba bajo los efectos del alcohol, pero el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco lo desestimó.
La ministra de Igualdad, Irene Montero, insistió ayer en Madrid en que la ley integral de libertad sexual, más conocida como la de 'sólo sí es sí' es «sólida» y permite «proteger a todas las víctimas de violencias sexuales». Desde que entró en vigor, los diferentes juzgados de España han dictados más de 60 sentencias que han supuesto una rebaja de condenas para los agresores. En una docena de casos, esta situación ha permitido que salgan de la cárcel al haber ya cumplido su condena o hallarse en la parte final de la misma. Montero no quiso valorar ningún caso en concreto y declaró que su equipo «tiene que estudiar las sentencias» porque no las conoce todas «y se pueden producir algunos desajustes».
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