Secciones
Servicios
Destacamos
Edición
PPLL
Jueves, 14 de junio 2012, 04:25
La decisión de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de archivar la querella presentada por la asociación de juristas Preeminencia del Derecho contra Carlos Dívar por viajes personales realizados a cuenta del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) descarta la comisión de un delito de malversación pero le obliga a asumir las responsabilidades que derivan de una conducta cuando menos anómala y moralmente censurable. Aunque la mayoría de la Sala del Supremo considerara ayer que sus gastos se ajustan a la normativa aplicada desde 1996, la asiduidad con la que Dívar solapó compromisos oficiales con estancias de fin de semana y gastos particulares, a los que se ha obstinado en conferir infructuosamente algún sentido protocolario, representa una abusiva y nada ejemplar confusión entre lo público y lo privado. El Supremo señala que se trata de un uso lícito que ha estado a disposición de todos los vocales del órgano de gobierno del poder judicial, fiscalizado por la Intervención del Estado y aprobado por la Comisión Presupuestaria del propio Consejo. Pero ello no exonera a Dívar sino que acaso obliga al CGPJ a corregir de inmediato tan laxa y privilegiada interpretación de los principios de austeridad y transparencia. El argumento de que la alta magistratura que encarna Carlos Dívar ha de ser ejercida con una dedicación permanente no justifica la naturaleza y la cuantía de los gastos facturados al CGPJ. Pero además su negativa a dar explicaciones públicas de esos viajes, su resistencia a comparecer ante el Congreso y el hieratismo de quien parece haber creído que su posición es intocable ha dado lugar a una opacidad agraviante. La situación de Dívar es cada día más insostenible porque perjudica directamente a su función al frente del Supremo y del CGPJ. Que el próximo lunes se conmemore el Bicentenario del Alto Tribunal con la presencia de los Reyes y de otras autoridades no solo obliga a clarificar el embrollo, sino que emplaza a Dívar a hacerse a un lado renunciando a involucrar en su enrocamiento a otras instituciones del Estado sosteniéndose a duras penas en la inercia inherente al cargo que ostenta. En tales circunstancias el hecho de que cinco vocales del Consejo hayan solicitado una reunión extraordinaria para instar su dimisión es causa suficiente para considerar que su final resulta ineludible.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
La explicación al estruendo que sobresaltó a Valladolid en la noche del lunes
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Noticias recomendadas
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.