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Durante la mayor parte del siglo XIX el problema de los fuegos en la villa de Bilbao fue competencia de la Junta de Incendios, organismo ... mixto formado «por el alcalde y dos concejales nombrados por el Ayuntamiento y dos individuos de la Comisión permanente de la Propiedad de Bilbao, designados por esta».
El crecimiento de la villa obligó a reestructurar y reforzar el cuerpo de bomberos varias veces, así como a actualizar su reglamento. El redactado en 1867 fue aprobado, impreso y puesto en práctica por fin en 1870, cuando Bilbao contaba con unos 18.000 habitantes. La norma especificaba que el Cuerpo de Bomberos de Bilbao se componía de un jefe director, un jefe segundo, tres jefes primeros de pelotón, otros tantos segundos, 63 bomberos , repartidos a 21 por pelotón, y 15 suplentes.
Los requisitos para acceder a la plaza eran «ser mayor de 20 años y no pasar de 40», «no tener defecto físico» que impida «el desempeño del cargo» y justificar una «buena conducta». Los bomberos tenían que pertenecer «a un oficio o profesión que resultara útil para el cargo, además de estar obligados a vivir en Bilbao o a no mayor distancia de la villa de lo que la Junta de incendios considerase «conveniente». En cuanto al jefe director, debía ser «arquitecto de la Real Academia de San Fernando», mientras que el segundo tenía que ser el encargado de la alberca.
Era obligatorio que las viviendas de los bomberos estuvieran identificadas. En la puerta de la casa en la que vivía cada uno se colocaba «una tabla pintada» detallando el piso. Además, «tendrán la correspondiente campanilla para poder ser llamados». Los bomberos tenían que ser fáciles de localizar. El Ayuntamiento debía disponer de «una nota exacta de las calles, casas y números donde habiten todos los individuos del cuerpo, para que a su vez la trasmita a los municipales y dependientes para los usos oportunos».
El uniforme y «las herramientas» corrían a cargo de la Junta. Los bomberos se prepararían con «ejercicios o maniobras que deberían verificarse cada semestre» o cuando lo considerase oportuno la Junta, «invitando al acto al señor gobernador». En cuanto al material, incluía «6 bombas, 3 llaves de bronce, 23 mangas de cáñamo, 100 baldes de cáñamo, 70 de cuero, 8 escalas, 1 saco de salvación, 4 depósitos sobre ruedas , 20 cuerdas y 7 arietes», entre otras herramientas, repartido todo ello en tres depósitos.
Cinco bomberos que se alternaban en «turnos rigurosos» permanecían en el cuerpo de guardia, en «el local destinado al efecto en la plazuela de Santiago». Esta dependencia estaba comunicada con la torre de la parroquia –ahora catedral–, en la que había siempre un vigía, que se comunicaría con la 'base' mediante un tubo acústico. Este medio servía también para mantenerlo despierto. De noche habría tres vigías que se relevarían «de hora en hora». Los dos vigías «de descanso podrán dormir y descansar en el cuerpo de guardia».
El reglamento de los bomberos de Bilbao decía que «todos los días de función asistirá al Teatro una división compuesta de cinco bomberos». Tenían que presentarse «de uniforme, a fin de ser reconocidos», media hora antes de comenzar la representación e inspeccionar «la bomba y mangas fijas del establecimiento, llaves de surtidores, cantidad de agua que produzcan, etc.». En caso de que la función incluyera cualquier tipo de «fuego de artificio, magia, etc.» se reforzaría el dispositivo.
Durante las guardias, el jefe de pelotón en servicio estaba obligado a repasar con los bomberos el reglamento, en especial los artículos 25 a 28, en los que se detallaba el protocolo a seguir si se daba un fuego. Resumiendo: el vigía avisaría al cabo de guardia, este se acercaría al lugar, comprobaría la gravedad del incendio, «llamando al efecto, sin alarmar a los demás mientras no sea necesario, a la casa donde se crea existen señales de fuego». En el peor de los casos, se «llamaría a todos los vecinos de la casa incendiada y a los de las dos contiguas», para desalojarlas. Completada la evacuación, «hará que con la mayor prontitud se traslade la bomba y útiles del depósito por los individuos del cuerpo de guardia y vigías». Los tres pelotones se movilizarían acudiendo cada uno a su depósito de bombas correspondiente: el de Santiago, el Ayuntamiento –entonces junto a San Antón– o el teatro. El reglamento señala que «la primera bomba que se presente en el lugar del incendio recibirá una gratificación de cien reales, distribuibles por iguales partes entre los bomberos que la hayan presentado».
La norma detallaba las retribuciones. El primer jefe director cobraría 3.000 reales al año, mientras que los bomberos recibirían 700, una diferencia notable. En caso de resultar «herido o contuso» prestando servicio, el bombero sería atendido «en el hospital civil de esta villa», que se encargaría de cuidarlo en su domicilio si tenía que convalecer en casa.
Si un bombero moría «en faenas del incendio», la viuda recibiría una pensión diaria «mientras permanezca en tal estado», esto es, hasta que se volviera a casar. Las viudas del jefe director y del segundo percibían 10 reales diarios, las de los jefes de pelotón 6 y las de los bomberos 4. En caso de que «el individuo estropeado conservase la vida, pero perdiese algún miembro o quedase inhabilitado», quedaría a cargo «y discreción de la Junta el atender a semejante desgracia, según le dictare su prudencia».
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