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sara borondo
Martes, 22 de enero 2019, 00:33
La forma de moverse por las ciudades está cambiando a pasos agigantados. Los ayuntamientos empiezan a establecer limitaciones a las características de los vehículos que circulan por sus calles, animan a sus ciudadanos a utilizar el transporte público y se instalan servicios municipales de alquiler ... de bicicletas. Y no nos olvidemos de los patinetes eléctricos que, en apenas unos meses, se han hecho con un hueco importante en esta nueva era para la movilidad urbana sin que nadie tuviera clara qué normativa aplicarles. El auge de estos aparatos se ha visto frenado por la incertidumbre sobre cómo se podrá circular con ellos por las ciudades dentro de unos meses, toda vez que las autoridades están preparando la regulación sobre el uso de los patinetes eléctricos, denominados de forma oficial como Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
La proliferación de patinetes eléctricos -tanto de particulares como de alquiler- en las calles el año pasado fue tan rauda que pilló de improviso a los encargados de regular el tránsito por las calles y aceras de las ciudades. Las empresas de alquiler de estos vehículos se apresuraron a pedir permisos e inundar las ciudades con VMP que se podían alquilar mediante app en cualquier lugar y dejar igualmente donde se desease al finalizar el trayecto.
Sus usuarios y quienes habían comprado un patinete eléctrico como opción para trasladarse cómodamente y con rapidez circulaban libremente por las aceras, lo que ha generado problemas de convivencia con los peatones e incluso se han producido varios accidentes en los que ha muerto atropellado algún peatón o el conductor de un VMP. Según informó a finales de 2018 el fiscal coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, las primeras cifras provisionales indican que el año pasado se produjeron 273 accidentes con VMP con lesiones en 44 ciudades. De ellos, en 203 la responsabilidad fue del patinador. Según los informes de distintas policías locales, los accidentes se debieron, entre otras causas, a posibles carencias técnicas del vehículo, su velocidad en relación al tráfico, su irrupción súbita y sin control en la vía o el atravesar la calzada con el semáforo en rojo para los peatones. Solo en Barcelona se produjeron más de 3.000 multas a usuarios de patinetes.
La Fundación ONCE se ha levantado contra los patinetes de alquiler que se dejan en la acera y los ha incluido en la campaña 'Barrerismo', que comenzó la semana pasada para mostrar cómo los invidentes deben lidiar cada día con bicicletas y VMPs diseminados por las aceras.
Las administraciones no suelen reaccionar con rapidez a cualquier novedad social, pero los patinetes eléctricos constituyen una excepción. Ayuntamientos y Dirección General de Tráfico (DGT) han publicado ya o están ultimando normas para adecuar el marco normativo y acabar con el vacío legal en el que están actualmente los patinetes con motor. La DGT en concreto fue capaz de prever la situación cuando empezaron a verse VMT por las calles y publicó en 2016 la Instrucción 16.V-124 (no de obligado cumplimiento) que propone varios criterios que están sirviendo de guía a las instituciones locales. Son poco más de tres páginas que apuntan los pilares fundamentales de una nueva instrucción que la DGT está preparando con la información más actual: los patinetes con motor no podrán circular por las aceras y su velocidad máxima será de 25 km/h.
En el documento de 2016, la DGT establece que estos patinetes no son peatones y, por tanto, no pueden ir por los mismos espacios que estos, pero tampoco son vehículos de motor (de forma que no hace falta ningún carné para conducirlos de momento, aunque tal vez esto cambie en el futuro), pero deja en manos de la autoridad municipal la decisión de autorizar su circulación por aceras y zonas peatonales o habilitar carriles especiales. La instrucción también establece que no es obligatorio contratar ningún seguro, a menos que la autoridad local lo indique así en su propia normativa. Eso sí, en caso de accidente el conductor del patinete debe responder como con cualquier otro vehículo, lo que incluye la pena o sanción por haber consumido alcohol o drogas y la denegación de auxilio.
Desde la DGT informan que la redacción de la nueva instrucción, que contemplará más aspectos, es una petición de los propios ayuntamientos y que establecerá un marco de mínimos, ya que cada ayuntamiento tiene potestad para incluir las normas en sus propios reglamentos. El organismo estima que antes de junio estará publicada la nueva instrucción a la que probablemente siga en el futuro la reforma del actual reglamento de circulación.
De momento, cada ciudad está siguiendo su propia política para aclarar qué podrán y no los usuarios de patinetes eléctricos. Bilbao rechazó el octubre pasado la licencia a seis empresas de alquiler de estos dispositivos, ya que el Ayuntamiento quiere primero aprobar una normativa, lo que llegará después de que la DGT haya establecido su «marco de mínimos». El Consistorio dejó claro que si esas empresas diseminaban sus vehículos por la ciudad sin ese permiso, los requisaría, y se ha mostrado partidario de que los VMP circulen por los bidegorris en lugar de por las aceras. Vitoria también ha optado por esperar a la nueva instrucción de la DGT para establecer su propia norma.
San Sebastián ha publicado una resolución que establece que los VMP pueden circular por los bidegorris, pero no por las aceras, Parte Vieja, parques o zonas peatonales de la ciudad. Además, el Ayuntamiento donostiarra realizará una campaña de sensibilización para la correcta utilización de estos dispositivos. Esta resolución está vigente de forma transitoria hasta que la DGT establezca el marco normativo y se elabore una ordenanza municipal. La capital guipuzcoana reconoce tres tipos de vehículos, en función del su peso y funcionamiento. El grupo 0 son monopatines y patinetes sin motor y no hay restricciones para usuarios menores de 12 años salvo que deben ir supervisados por un adulto y sin causar molestias a los peatones.
Los mayores de esa edad y los vehículos del grupo 1 (los de motor eléctrico que pesen menos de 25 kilos, tengan un velocidad máxima de 25 km/hora, anchura máxima de 70 cm., longitud máxima de 1,20 metros y capacidad máxima de una persona) deben tener luces delantera y trasera y sistema de frenado, y no podrán usarlos quienes tengan menos de 16 años. En el grupo 2 (segway y vehículos eléctricos con asiento) la edad mínima de uso es de 18 años, hay que usar casco homologado y deben tener sistema de frenado, luces delantera y trasera y el conductor debe llevar prenda reflectante por la noche o si hay baja visibilidad. Su estacionamiento es similar al de los ciclomotores, su velocidad límite se fija en 30km/h y no pueden circular por los carriles bus.
En Barcelona hay ya una ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos que establece que los patinetes pueden circular a un máximo de 10 km/h en las calles con plataforma única (con la acera a la altura del pavimento), parques, y carriles bicis situados en la acera, y que en los situados en la calzada pueden ir como máximo a 30 km/h. Esa normativa distingue entre tres tipos de VMP: los tipo A y B para patinetes y los de tipo C, que tienen más de dos ruedas. De forma general, se prohíbe el estacionamiento en la acera cuando impida el paso de peatones y no se pueden atar a árboles ni mobiliario público. El casco es obligatorio y solo podrán usarlos mayores de 16 años. En el caso de los patinetes de alquiler sí es obligatorio contratar un seguro.
Madrid aprobó en octubre la Ordenanza de Movilidad Sostenible, que fija la edad mínima para usar un Vehículo de Movilidad Urbana (VMU) en los 15 años y se prohíbe circular con auriculares. Divide los patinetes eléctricos en tres tipos básicos, según el peso y la velocidad del vehículo. Limita los patinetes a los carriles bici y la calzada de las calles en las que no se pueda circular a más de 30 km/h, siempre respetando la prioridad del peatón. Las empresas que alquilen patinetes eléctricos deben tener contratado un seguro de responsabilidad civil y estarán sometidas a continuas inspecciones.
Valencia tiene previsto aprobar su normativa en el primer trimestre del año y Zaragoza ha llevado a cabo una consulta ciudadana online para la regulación, que está preparando también para antes de marzo. Sevilla aún estudia qué hacer y Málaga ha tomado una dirección contraria al resto de ciudades y permite el uso de VMP por la acera, aunque deben adecuarse a la velocidad del peatón y nunca superar los 10 km/h.
El transporte individual con motor eléctrico no ha sido una novedad de 2017, aunque sí ha sido el año en que ha crecido sobremanera. El primer VMT fue Segway, presentado en 2001. La empresa que lo comercializó, Segway Inc., confiaba en que revolucionase el transporte urbano, pero era un dispositivo voluminoso, pesado y sobre todo caro (los primeros modelos costaban varios miles de euros). La compañía fue comprada por Hesco Bastion, cuyo presidente (Jimi Heselden) murió poco después mientras probaba un Segway en su casa.
En 2015, la empresa china Ninebot compró Segway, lanzó nuevos modelos y abarató los precios. El Segway consta de dos ruedas a los lados de una plataforma sobre la que el usuario bascula ayudándose de un manillar; con su movimiento activa los giroscopios y aceleradores que dirigen el vehículo. Alcanza 20 km/h pero realmente nunca ha llegado a poblar las calles y quien más los suelen utilizar son los servicios de seguridad en centros comerciales y aeropuertos, así como grupos de turistas con guía en los núcleos históricos peatonales, aunque hay ciudades cuya Policía Municipal los usa para patrullar.
En 2013 Shane Chen abrió campaña en la plataforma de microfinanciación Kickstarter para construir el Hovertrax, con dos ruedas pequeñas unidas por dos plataformas conectadas entre sí, lo que le da cierto parecido a los monopatines. Hay varias empresas chinas que afirmaron que trabajaban en el mismo concepto, lo que causó un conflicto de patentes. De forma similar al Segway, los giroscopios que llevan los hoverboard detectan el movimiento de los pies del usuario y lo utilizan para avanzar o frenar.
En 2015, los hoverboard sí llegaron a un buen número de casas de todo el mundo, sobre todo de la mano de los adolescentes, después de que se viese a Justin Bieber utilizando uno. No fue el único famoso con un hoverboard: el actor Jamie Foxx entró sobre uno de estos dispositivos al programa de Jimmy Fallon, el rapero Wiz Khalifa fue detenido mientras usaba uno de ellos en el aeropuerto de Los Ángeles y la caída del ex boxeador Mike Tyson en su casa mientras aprendía a manejar uno se difundió por toda internet.
Casi inmediatamente empezaron a surgir noticias que hablaban de accidentes de los usuarios y de baterías de litio que se incendiaban repentinamente. Varias aerolíneas los prohibieron en los aviones y algunas empresas dejaron de venderlos. El abanico de modelos era muy amplio, con unos precios que oscilaban entre los 200 y los 1.500 euros, y eran los más baratos los que presentaban las mayores deficiencias ya que usaban baterías de baja calidad. Este problema se solucionó reforzando los controles de seguridad. En Estados Unidos, por ejemplo, los patinetes deben llevar el certificado UL 2272, que garantiza que ha pasado unos controles de calidad, y en Europa son las certificaciones SGS y CE.
Los hoverboard perdieron rápidamente popularidad debido a estas noticias, aunque siguen viéndose de forma esporádica por las calles, al igual que los monociclos eléctricos autoequilibrados, consistentes en una rueda a cuyos lados hay dos pequeños reposapiés. Su velocidad máxima llega a rondar los 35 km/h y se dirige, nuevamente, con el movimiento del cuerpo del usuario.
La explosión de popularidad ha llegado de la mano de los patinetes tradicionales con un motor eléctrico y que se aceleran, también llamados scooter. Son fáciles de manejar y llevan freno, dan la impresión de ser más seguros gracias al manillar, y en algunos casos son rápidos y pueden llegar hasta los 70 km/h. Además, son más baratos que otros tipos de VMP, tienen más autonomía y capacidad para subir cuestas y su tamaño y peso son lo suficientemente pequeños para poder llevarlos a casa, sobre todo en el caso de los plegables.
- Hay que informarse de las normas de uso en la ciudad donde se vaya a utilizar.
- Cerciorarse de que incluye las certificaciones de la Comunidad Europea CE (no confundir con el logo de China Export, en el que las letras están muy juntas de forma que la E está justo a continuación de la C) y SGS.
- Analizar qué modelo es el que más conviene: los monociclos y hoverboard tienen un equilibrio más precario y necesitan un pequeño entrenamiento, pero a cambio ocupan mucho menos.
- Conviene contratar un seguro adicional por si ocurriese algún accidente.
- Es recomendable llevar siempre casco y ropa reflectante. Las distintas normativas van apuntando a la necesidad de que el vehículo cuente con luces traseras y delanteras, hay que tenerlo en cuenta.
- En el caso de los scooter, los de ruedas de goma maciza no tienen amortiguación y se nota más cualquier bache. Los de ruedas con neumático tipo bicicleta son más cómodos.
- Conviene que tengan un buen sistema de frenado. Algunos scooters tienen incluso doble frenado.
- Hay que tener cuidado al subirse y bajarse de los hoverboard: las piernas deben ir lo más cerca posible de las ruedas y conviene practicar un poco, asegurándose de no caerse, antes de salir con él a la calle. Hay que montarse en ellos como si se subiese un escalón.
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