Urgente Retenciones en el Txorierri por la avería de un camión
El conflicto tuvo lugar en el ambulatorio de Legutio; en la imagen, una sanitaria sentada en un centro ajeno a esta información. E. C.

Salud indemnizará con 25.000 euros a un enfermero por acoso de una médica

Sufrió ansiedad y depresión por el «trato vejatorio» de la doctora, expedientada por otros casos

Lunes, 9 de septiembre 2024, 00:25

97 días coincidió el enfermero con la médica de familia en el ambulatorio de Legutio (Álava), sin contar vacaciones, días libres y bajas. El «trato vejatorio» y las discusiones eran constantes, hasta el punto de que tenía miedo de que ella «llegara a fingir que ... la había agredido», confiesa en la demanda. Se lo transmitió a sus superiores, pero «la dirección no tenía ningún interés en abordar el problema». Cogió una baja por ansiedad y estrés, pese a que no tenía antecedentes de índole psiquiátrico, y terminó pidiendo el cambio de destino, que no le concedieron.

Publicidad

Finalmente, asesorado por el despacho Marcos abogados, optó por denunciar al Departamento de Sanidad por incumplir la Ley de Riesgos Laborales y tanto el Juzgado de lo Social número 1 de Vitoria, como el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, le han dado la razón y condenan a Osakidetza a indemnizarle con 25.000 euros por su «pasividad» al no haber adoptado las medidas necesarias, lo que «afectó a su salud mental».

Accedió a la plaza de atención primaria en zona rural el 1 de septiembre de 2020, en plena pandemia, después de haber pasado por Urgencias de Txagorritxu y por la Dirección de Enfermería del Hospital de Álava. La enfermera a la que sustituyó le ocultó su mala relación con la doctora «y el hostigamiento» que sufría por su parte, «porque entonces no podría irse». «Me dijo, en cambio, que solicitaba el traslado porque a su madre le habían ingresado en una residencia de Murgia y quería estar más cerca de ella», explica el afectado en la demanda.

Osakidetza alegó que el sanitario «se excedía en sus funciones y fiscalizaba el trabajo de la médica, que es quien diagnostica»

«Los primeros 20 días todo fue bien. Trabajé con el médico sustituto ya que la titular estaba de vacaciones». Cuando se incorporó, le informó de que al día siguiente, acudiría a consulta «un paciente con una receta de adrenalina autoadministrable tras un ingreso por un shock anafiláctico por picadura de avispa asiática». La cita terminó «a gritos».

Publicidad

En la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, se relatan los «encontronazos» y la «desconfianza mutua». «Ella sentía que yo la supervisaba», admite. «Entraba en mi consulta sin previo aviso y el tono conmigo era cada vez más agresivo. Ella atendía a pacientes por motivos que eran de mi competencia, como las curas. Les derivaba a otro enfermero porque decía que yo no sabía hacer la prueba. Hacía conmigo lo mismo que con la anterior enfermera y la administrativa. La dirección lo sabía desde hace años. Era un conflicto enquistado», pero «me pedían que esperara porque cada cierto tiempo se cogía una baja y solían ser de larga duración», relata.

Otro de los episodios se produjo el 2 de noviembre de 2020. La médica citó a un hombre con sospecha de Covid en el centro de salud, en contra de los protocolos de Osakidetza y sin avisar al personal. Compartió sala de espera con otros pacientes y el enfermero le atendió sin ponerse el EPI, que ella sí llevaba. «Cuando se lo comenté, me dijo que no me preocupara que seguramente sería negativo». En otra ocasión, no avisó a un joven con una enfermedad de transmisión sexual de que estaba contagiado para que se abstuviera de mantener relaciones. También hubo un retraso de un diagnóstico de ictus, que el enfermero achaca a la doctora.

Publicidad

«Vivencias subjetivas»

Osakidetza alegó que se trataba de «vivencias subjetivas» del sanitario, que «se excedía completamente en las funciones propias en la enfermería entrando a cuestionar y fiscalizar el trabajo de la médica, que es quien valora y diagnostica». Asume, sin embargo, que la facultativa estuvo sancionada por una falta grave con suspensión de funciones durante tres meses en 2019, un mes más por otra falta grave y que recibió dos apercibimientos por faltas leves, aunque los tribunales anularon los castigos. En su opinión, la enfermedad del demandante no es achacable a la doctora sino a una «mala gestión emocional de la frustración interna, derivada de su propia personalidad». Al final, la médica terminó incapacitada.

A juicio del magistrado, «el acoso acompaña a la humanidad desde su más antigua existencia» y supone «socavar la dignidad de la víctima creando un entorno intimidatorio, degradante... vulnerando la dignidad y la integridad psíquica de la víctima». Todo ello se traduce en la «destrucción del equilibrio psicológico de la persona acosada». El juez entiende que Osakidetza incumplió su obligación en materia de prevención de riesgos al no haber adoptado medida alguna «real y eficaz para solventar la conflictividad laboral». Rebaja la petición del demandante, que considera desproporcionada, y fija la indemnización en 25.000 euros por daños y perjuicios.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Accede todo un mes por solo 0,99€

Publicidad