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Abel Verano
Jueves, 12 de septiembre 2024, 15:16
18 de junio de 2023. Aparcamiento del Lupa de Laredo. Tres hombres de etnia gitana agreden brutalmente a un cuarto, de 63 años, con unas barras de hierro de las que se usan para montar los puestos en los mercadillos. Tras la paliza le ... dejan tendido en el suelo y se marchan en una furgoneta. Un testigo graba toda la escena y el vídeo se viraliza. Los tres agresores entran en prisión provisional y hoy, un año y tres meses después, han sido condenados por un delito de homicidio en grado de tentativa a cuatro años de cárcel después de indemnizar a la víctima con 20.000 euros, lo que ha provocado que la Fiscalía rebaje a la mitad su petición inicial de ocho años de prisión.
Los tres acusados, que han estado acompañados en el juicio por varios familiares, se han conformado con los cambios introducidos en el escrito de acusación del Ministerio Público, que ha aplicado la atenuante de reparación del daño. Uno de ellos ha mostrado su arrepentimiento. «Pido perdón a la sociedad por el bochornoso vídeo y esa actitud tan fea».
Así, en la sentencia condenatoria la Sección Primera de la Audiencia Provincial recogerá que los tres procesados se pusieron de acuerdo para acabar con la vida de la víctima, o en todo caso, representándose la posibilidad de este resultado y aceptándolo plenamente. Actuaron así «con la consideración de que el agredido había estado acosando a una familiar de los procesados, menor de edad».
Sobre las 14.00 horas del día de autos, «portando tres barras metálicas de montaje de puestos del mercado y con claro desequilibrio de fuerzas al ser tres contra uno, de forma inopinada comenzaron a agredir a la víctima brutalmente, golpeándole con las barras en la cabeza y provocando su caída al suelo, dejándolo aturdido». Ya en el suelo, «lejos de deponer su actitud, con evidente desprecio por su vida, continuaron propinándole fuertes golpes con las barras, uno a la altura de la cabeza, otro a modo de estocada en el costado y 19 golpes más en piernas y costado», pese a que la víctima estaba «postrada y ni siquiera podía cubrirse de los golpes de una manera mínimamente efectiva».
Finalizaron la agresión «con dos contundentes patadas en la zona de la cara, todo ello entre los gritos de alarma y advertencias de que lo iban a matar por parte de otros ciudadanos presentes».
A consecuencia del ataque, la víctima ha padecido fracturas abiertas importantes en la mano derecha, fractura de huesos propios de la nariz, traumatismo craneoencefálico con múltiples heridas contusas en cuero cabelludo, así como fractura craneal que se extiende por el hueso frontal y atraviesa el tabique del seno frontal, sin hemorragia intracraneal asociada. La presencia de esta fractura pone de manifiesto un importante riesgo de lesiones intracraneales con el consiguiente riesgo vital. El alcance definitivo de los menoscabos físicos, días de curación, hospitalización, intervenciones quirúrgicas y secuelas derivadas no se ha podido determinar todavía.
Los hechos constituyen un delito de homicidio en grado de tentativa, con la concurrencia de la circunstancia agravante de la responsabilidad penal de abuso de superioridad. Además de las penas de prisión, el acuerdo que se llevará a sentencia -sobre la que se ha decretado ya firmeza al comprometerse las partes a no recurrir- incluye la prohibición de comunicar y acercarse a menos de 300 metros de la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro que frecuente, esté o no en ellos, durante una década. También, que indemnicen al agredido en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia, por los días de curación de las lesiones, operaciones y secuelas, y con 701 euros por los desperfectos a su furgoneta al huir del lugar de los hechos.
Tras cerrarse este caso, la víctima tiene una causa pendiente por un supuesto delito de acoso a menores, en concreto, a la hija de uno de sus tres agresores. Fue en julio de 2023, cuando el titular del Juzgado de Instrucción Nº 2 de Santoña, Carlos Miguel Arcay, impuso a este hombre una orden de alejamiento y abrió diligencias de investigación frente a él por un supuesto delito de acoso a menores.
La decisión del magistrado se produjo apenas tres días después de que el entonces abogado de los detenidos, César Polanco, presentara una denuncia contra el hombre. Ese mismo día, agentes de la Guardia Civil procedieron a la detención del supuesto acosador, que en apenas unas horas pasó a disposición judicial. El instructor le tomó declaración, escuchó el testimonio de la menor, y en base a otras pruebas aportadas por los denunciantes, acordó poner al detenido en libertad con cargos, con las obligaciones de presentarse en un juzgado cada quince días y la de no acercarse a la menor de edad, de 14 años, a la que supuestamente había estado acosando desde hacía tiempo.
Este fue precisamente el motivo que llevó a los detenidos a agredir al hombre. Según explicaron los allegados de la menor, el supuesto acosador había sido desterrado por la comunidad gitana de Santoña por comportamientos incívicos y por «perseguir» a otras menores. Al parecer, a la niña de 14 años le compraba flores, le regalaba preservativos y le seguía allá donde iba. «No es una cuestión menor, este acoso iba a acabar en algo muy, muy malo, porque este hombre al que apalearon no responde ante nada, ni ante la ley gitana ni ante nadie», apuntó el abogado de los detenidos, que quiso dejar claro que «si alguno piensa que lo de la niña es por mitigar la agresión, está equivocado».
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