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Miércoles, 22 de diciembre 2021, 14:51
La conferencia de presidentes que se ha celebrado esta tarde tiene un objetivo: frenar la sexta ola que deja récord de contagios en Euskadi y en el resto de España. El lehendakari Iñigo Urkullu había planteado una serie de medidas restrictivas que se ... prolongarían hasta el 31 de enero y un paquete más restrictivo aún para las fiestas navideñas. Estas son las restricciones planteadas por el lehendakari a Pedro Sánchez:
De acuerdo al semáforo de seguimiento de la pandemia presentado el 23 de noviembre por el Ministerio de Sanidad, el conjunto de Euskadi se encuentra en una situación de «riesgo muy alto». Es decir, supera los 500 casos por 100.000 habitantes. Los criterios siguientes serían de aplicación común, al menos, en las Comunidades Autónomas que se encontrasen en esta situación.
1. Obligatoriedad del uso de mascarilla en exteriores.
2. Establecer hasta final de enero, el horario máximo de cierre para todas las actividades comerciales, sociales y culturales a las 01:00 horas.
3. Con carácter general, fijar hasta final de enero una limitación de aforos del 60% en todo tipo de establecimientos y recintos interiores.
4. Adicionalmente, en el ámbito de los eventos establecer en el mismo periodo las siguientes limitaciones de aforo:
-el máximo de personas susceptible de reunión en recintos para cualquier tipo de evento social, cultural o deportivo es de 600 personas en interiores y 800 personas en exteriores.
-En recintos con capacidad de entre 1.600 y 5.000 personas, el máximo en interiores es de 800 personas y de 1.200 en exteriores.
-En recintos con capacidad superior a 5.000 personas, el aforo máximo recomendado es del 50 por ciento.
5. En los establecimientos de hostelería y restauración, así como en las discotecas y resto de establecimientos de ocio nocturno, prohibir, también hasta el 31 de enero, el consumo de pie, así como limitar las agrupaciones de clientes por mesa o grupo de mesas, tanto en interiores como en terrazas, a un máximo de 10 personas.
6. En el mismo periodo, determinar que la práctica deportiva en instalaciones interiores deberá estructurarse en grupos de hasta 10 personas, así como que el uso de vestuarios se limite a una ocupación del 50 por ciento y un uso individual de duchas o mantenimiento de una distancia interpersonal de dos metros.
1. Aplicar los criterios generales relativos a obligatoriedad de mascarillas, limitación de aforos del 60%, prohibición de consumo de pie en la hostelería y máximo diez personas en las agrupaciones de clientes por mesa.
2. Establecer que los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2021, así como para los días 1, 5 y 6 de enero de 2022, todos los establecimientos comerciales, así como todos los establecimientos y servicios de hostelería y restauración deberán cerrar a las 21:00 horas. Quedan exceptuados los restaurantes que durante los días 24 y 31 de diciembre de 2021 y 5 de enero de 2022, podrán servir cenas hasta las 23:30h, debiendo quedar desalojados los comedores para esta hora. Quedan igualmente exceptuadas de esta limitación las gasolineras, áreas de servicio y farmacias.
3. Determinar que para los días 25 de diciembre de 2021 y 1 y 6 de enero de 2022 la apertura al público de todos los establecimientos comerciales, así como todos los establecimientos y servicios de hostelería y restauración, no podrá realizarse antes de las 08:00 horas. Quedan exceptuadas de esta limitación las gasolineras, áreas de servicio y farmacias, así como el servicio de desayunos de hoteles y otros alojamientos.
4. Establecer que los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2021 y los días 1, 5 y 6 de enero de 2022, los hoteles, casas rurales, campings o cualquier otro de tipo alojamiento con servicio de restauración, tanto en sus espacios comunes, como en habitaciones, bungalows o apartamentos, sólo podrán servir cenas hasta las 23:30h, debiendo quedar desalojados los comedores para esta hora. En todos los casos y tanto en comidas como en cenas, el número máximo de clientes por mesa o grupo de mesas será de 10 personas, debiéndose respetar el resto de medidas preventivas en cuanto a aforo, distancia y uso de mascarillas.
5. Recomendar que, entre el 24 de diciembre y el 25 de diciembre, entre el 31 de diciembre de 2021 y el 1 de enero de 2022, y entre el 5 y el 6 de enero de 2022 los encuentros familiares para celebrar las comidas y cenas navideñas se desarrollen sin superar el número de diez personas y reuniendo a un máximo de dos unidades familiares. Se recomienda igualmente que su composición no varíe en las diferentes celebraciones y que, en todo caso, se tenga especial precaución y cuidado con las personas en situación de vulnerabilidad para la Covid-19.
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