Restricciones y sanciones previstas en la 'ley antipandemia' vasca

El texto aprobado por el Parlamento vasco en verano es una herramienta que da cobertura legal a las decisiones del Ejecutivo. Eso no significa que aplique las restricciones recogidas en cada uno de los cinco estados de alerta del documento. El Gobierno solo pondrá en marcha las que considere oportunas en cada momento

Martes, 23 de noviembre 2021

  1. Alerta 1. Tasa menor a 60 casos

Movilidad y toque de queda: Restricciones sin concretar.

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Reuniones: No podrán superar el máximo de 35 personas en recintos cerrados ni el de 75 al aire libre.

Aforos: Todo tipo de establecimientos y actividades al 75%.

Centros educativos: Ventilación, limpieza, desinfección ... y prevención.

  1. Alerta 2. Tasa 60-150 casos

Movilidad y toque de queda: Sin alusiones.

Reuniones: Grupos de máximo 6 personas. En grandes eventos, hasta 600 en interiores y 800 en exteriores.

Aforos: En general, máximo del 60%. Se reduce al 50% en lugares de culto.

Centros educativos: Aplicación del protocolo de este curso. En academias, hasta 25 personas.

Hostelería: Terrazas al 100% e interiores al 50% manteniendo las distancias. Prohibido el consumo de pie y en barra. Discotecas cerradas.

Comercio: Cierre una hora antes del toque de queda.

  1. Alerta 3. Tasa 150-300 casos

Movilidad y toque de queda: Restricciones sin concretar.

Reuniones: Grupos de máximo 6 personas. En grandes eventos, hasta 400 en interiores y 600 en exteriores.

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Aforos: Se reduce al 40% en establecimientos comerciales con más de 150 metros cuadrados y al 50% en las zonas comunes de los hoteles.

Hostelería: Horario acotado entre las 6.00 y las 20.00. Pedidos con cita previa hasta las 21.00 y a domicilio hasta las 22.00. Txokos y sociedades cerradas..

Deporte: De forma individual o colectiva en grupos de máximo 6 personas y sin contacto. Solo compiten equipos profesionales y federados. Entrenamientos de deporte escolar en burbujas y sin usar los vestuarios. Asistencia de público prohibida.

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  1. Alerta 4. Tasa 300-500 casos

Movilidad y toque de queda: Confinamiento de municipios y/o territorios históricos.

Reuniones: Grupos de máximo 4 personas.

Hostelería y comercio: Cierre de todo tipo de actividades económicas no esenciales o valorar su apertura solamente a un 35% de su aforo.

Centros educativos: Valoración del pase a formato 'online'.

Deporte: Valoración de suspensión de toda actividad que no sea profesional o semiprofesional. Solo permitiría actividad física individual o de dos personas convivientes al aire libre.

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  1. Alerta 5. Tasa mayor a 500 casos

Movilidad y toque de queda: Intensificar restricciones. Confinamientos individuales y colectivos: Valorar nuevas medidas previa justificación y autorización judicial.

Horarios: Adelanto en todo tipo de actividades económicas y sociales, y valorar la suspensión de aquellas con más contacto.

  1. Régimen sancionador

De 100 a 150 euros: No llevar mascarilla o incumplir otras medidas de protección, no colaborar con los rastreadores, incumplir el toque de queda, faltar el respeto a autoridades policiales y sanitarias...

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De 151 a 600 euros: Superar aforos o limitaciones de grupos, no respetar vallas, incumplir la obligación de aislamiento...

De 601 a 1.500 euros: Realizar actividades sin comunicación o autorización, incumplir los aforos en establecimientos, negocios sin materiales como gel...

De 1.501 a 3.000 euros: Reiteración en la comisión de infracciones leves, venta o promoción de material sanitario no autorizado, saltarse prohibiciones de apertura de locales...

De 3.001 a 15.000 euros: Negativa reiterada a dar información, a cumplir órdenes de autoridades y a disolver reuniones.

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De 15.001 a 30.000 euros: Impedir la asistencia de emergencias y dañar equipamientos de protección civil.

De 30.001 a 60.000 euros: Negativa reiterada a cumplir deberes de colaboración, impedir requisas temporales y la inspección de medidas...

De 60.001 a 600.000 euros: Celebración de manifestaciones y espectáculos no comunicados o prohibidos.

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