Fotolia

Parto natural o cesárea, una potestad exclusiva de la madre, no del médico

Un juzgado de Canarias dicta una sentencia pionera en España que remarca que esta decisión es un «derecho fundamental» de la mujer

El Correo

Viernes, 12 de mayo 2023, 01:15

Al margen de las preferencias de la futura madre, la decisión de optar por un parto natural o una cesárea suele quedar en última instancia bajo el criterio del médico que asiste al alumbramiento, aunque la Ley dice que no debe ser así. Así lo ... ha remarcado el magistrado Ángel Teba García, titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, en una sentencia pionera en España y que concluye que es la progenitora la que tiene la potestad plena de elegir la forma en la que quiere dar a luz y no el facultativo.

Publicidad

En el fallo, que todavía es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de las islas, el magistrado se muestra categórico en favor de la facultad de la madre en la toma de esta decisión, que califica sin reserva alguna como un «derecho fundamental». Es más, tal y como avanzó ayer Canarias 7, considera que se produjo una «flagrante violación por parte de los facultativos intervinientes del derecho de información del que era titular exclusivo la mujer parturienta y de la facultad inalienable de optar por la cesárea». Y, por si así no fuera todavía lo suficientemente categórico, el texto remarca que los galenos «impusieron» el parto natural a la progenitora a hora del alumbramiento de sus dos gemelos en 2016, uno de los cuales nació con un grado de discapacidad del 83% debido a las complicación que se presentaron durante la intervención, que se prolongó 17 horas. Por todo ello, el juez, condena al Servicio Canario de la Salud a indemnizar a la familia con un millón de euros.

A su juicio, los médicos actuaron «en contra de lo que les era exigible según la Lex artis porque no valoraron todos los factores de riesgos y de pérdida de bienestar fetal que se dieron antes y durante el parto» y que, en su opinión, «claramente aconsejaban» la cesárea. El fallo subraya de forma expresa que la actuación de estos profesionales «fue tardía y solo reaccionaron cuando se dieron cuenta de su error». Así, tras remarcar que «era posible haber realizado un parto menos violento y peligroso para la salud del gestante y sus gemelos», insiste en que podrían haberse evitado las «graves lesiones cerebrales provocadas» a uno de ellos.

Parto con «resultado funesto»

Un objetivo que, en opinión del juez, habría sido factible de no haberse producido una «usurpación de un derecho ajeno» a los propios facultativos. El de la madre a decidir sobre el modo en que quería dar a luz. «Le hurtaron esa posibilidad», insiste.

Publicidad

De hecho, el letrado va más allá al recriminar que estos profesionales no cumplieron con su obligación de informar debidamente a la madre «de las circunstancias en las que se desarrollaba su parto ni de las ventajas o desventajas, peligros o riesgos del parto natural». Al contrario, «lo que se observa es la imposición contra la ley del criterio médico, sometiéndola a ella y a los dos fetos a un extenuante parto natural que duró la friolera de 17 horas y con un resultado funesto».

La resolución recuerda que el Servicio Canario de la Salud tiene que abonar el millón de euros fijado como indemnización aunque, según su planteamiento, esta cantidad no debería ser sufragada por «el contribuyente canario, sino por aquellos facultativos que transgreden la ley en pos de la primacía del parto natural por encima de cualquier circunstancia». De hecho, recuerda al propio departamento del Ejecutivo autonómico que tiene la competencia para conseguir que los costes económicos de la sentencia «recaigan sobre quienes resultan verdaderamente responsables del daño» causado.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Accede todo un mes por solo 0,99€

Publicidad