Derecho a vivir protesta contra la ley de eutanasia frente al Congreso de los Diputados. Efe

Los médicos rechazan un registro público de objetores de conciencia

Es una de las medidas que contempla la futura ley de eutanasia

Efe

Madrid

Martes, 18 de febrero 2020, 13:59

La Organización Médica Colegial (OMC) rechaza un registro público de profesionales sanitarios objetores de conciencia como contempla la futura ley de eutanasia, una norma que la profesión pide que sea «garantista» tanto para las personas que demanden esta prestación como para los médicos.

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Así ... lo ha manifestado este martes el presidente de la OMC, Serafín Romero, quien ha precisado que la objeción de conciencia «es la garantía para los médicos» y ha defendido que este derecho se ejerza a través de los colegios profesionales.

A su juicio, habría que analizar qué significa el registro que contempla la proposición de ley del grupo socialista, que se encuentra en tramitación parlamentaria, «por las connotaciones que pudieran derivarse en caso de una utilización no adecuada» del mismo.

Ello, ha precisado, podría influir, incluso, en el desarrollo profesional «o valoraciones por parte de gerentes o de ciudadanos» que muestren «cierta actitud peyorativa porque alguien se declare objetor de conciencia».

Según Romero, los colegios de médicos pueden velar para que «la objeción de conciencia no sea de ida y vuelta o de mañana y tarde, aunque quede claro que a lo largo del tiempo un profesional pueda cambiar de opinión«.

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Dejarlo delimitado

El presidente de la OMC ha pedido también que la ley establezca claramente qué médico debe participar en el proceso, si el de familia, el oncólogo, el internista o el neurólogo.

«Esto es muy importante dejarlo delimitado porque el médico que empiece el trámite debe ser alguien que conozca el sentir del paciente en toda su integridad, un médico cercano», ha insistido.

Además, ha considerado que la Comisión de Control y Evaluación que establece la ley debe estar integrada «por médicos que tengan unas competencias específicas», lo que supone una garantía para que «la persona que decida no seguir viviendo no lo haga porque no tenga recursos familiares, sociales o asistenciales».

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«No podemos dar la imagen de que la única solución que le queda a una persona al final de la vida o que tenga un sufrimiento derivado de una enfermedad es no seguir viviendo por considerarse un estorbo o porque no tiene el apoyo necesario», ha dicho.

Por ello, la OMC aboga por una ley de atención integral ante este tipo de situaciones que vas más allá de los cuidados paliativos y ha incidido en que detrás de la decisión de alguien de no querer seguir viviendo «hay que analizar muchas aristas, que tienen que ver con lo económico, social, familiar y personal».

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No obstante, Romero ha precisado que el hecho de que la ley sea garantista no significa que se tenga que eternizar el proceso como ocurre con las prestaciones sociales que a veces se conceden cuando el paciente ya ha fallecido.

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