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El Gobierno vasco ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) la revisión del decreto de medidas restrictivas para hacer frente al Covid acordada ayer por el Consejo Asesor del LABI en la que modifica las medidas relativas a establecimientos, instalaciones y locales. ... En ella se fijan los nuevos aforos para evitar aglomeraciones explicados ayer por la consejera de Salud, pero también recoge algunas novedades más que el propio Ejecutivo no explicó ayer. Una de ellas es la modificación de la franja horaria en la que está prohibida la venta de alcohol, que quedará fijada desde mañana entre las 21.00 horas y las 8.00 de la mañana.
Desde el pasado 26 de octubre, los establecimientos comerciales no podían vender alcohol a partir de las 20.00 horas, ya que así se estableció entonces en el decreto de medidas. Esa medida dio pie a debates ya que todos los establecimientos de alimentación debían cerrar a las 21.00 horas, pero había una hora en la que estaba prohibido que comercializaran alcohol. Ahora, más de un mes después, el Ejecutivo vasco cuela esta nueva adaptación sin previo aviso en el decreto de revisión de las medidas del decreto y alarga hasta las 21.00 horas la posibilidad de vender alcohol en los establecimientos que puedan hacerlo.
La modificación publicada en el BOPV recoge las medidas de reducción de aforo presentadas ayer por Gotzone Sagardui. Así, las instalaciones y locales comerciales de más de 150 metros cuadrados deberán permitir un máximo del 60% de su aforo. En los centros comerciales se aplicará este mismo aforo en cada una de sus plantas y comercios, independientemente de su superficie comercial. En los establecimientos, con una superficie de hasta 150 metros cuadrados el aforo máximo será del 75%.
El decreto incluye además que en los establecimientos «se dará preferencia a la atención a personas clientes de más de 65 años», una medida similar a la adoptada durante la desescalada, cuando se debía dar prioridad a los clientes mayores a la hora de acceder a los locales para realizar sus compras. Además, «en la medida de lo posible» se establecerán itinerarios para dirigir la circulación de clientes y personas usuarias para prevenir el contacto entre ellas. Y los establecimientos deberán exponer al público el aforo máximo.
Esta modificación puntual del Decreto incorpora, así mismo, a su articulado el acuerdo alcanzado recientemente entre las tres Diputaciones Forales y el Departamento de Salud sobre centros, servicios y establecimientos de servicios sociales y sanitarios que detalla los protocolos de actuación que afectan al ámbito de las residencias.
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