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Evaristo Fdez. de Vega
Badajoz
Viernes, 31 de enero 2025, 09:56
No sabía que era delito mantener relaciones sexuales con una menor de 16 años. Esa es la explicación que ha dado este jueves el joven que ha sido condenado a cinco años de prisión por abusar sexualmente de una chica que en el momento de ... ocurrir los hechos tenía 13 años.
El condenado, que entonces tenía 20 años, ha sido considerado responsable de ese delito después de reconocer que tuvo esos encuentros con una menor tutelada por la Junta de Extremadura en el convencimiento de que no estaba actuando mal.
En el escrito de calificación provisional que realizó la Fiscalía se explica que el responsable de estos hechos, que no tenía antecedentes penales, contactó en el verano de 2022 con varias menores que estaban internadas en un centro tutelado por la Junta de Extremadura.
Fruto de esa amistad, en fechas que no han podido ser precisadas se dirigió con una de las chicas a un lugar apartado y, siendo plenamente conocedor de la edad que tenía, mantuvo relaciones sexuales con ella.
Tras ese primer encuentro hubo otro en la vivienda del procesado, que reside en Badajoz, donde la invitó a consumir sustancias estupefacientes (hachís y cocaína) y le insistió para que mantuviese relaciones sexuales. En el escrito de acusación se recoge que eso sucedió a pesar de que la menor estaba cansada y que ella le pidió que parara.
En su escrito de acusación provisional la Fiscalía entendía que el mayor de edad era responsable de dos delitos de abuso sexual cometidos sobre una menor de 16 años, razón por la que pedía que fuese condenado a una pena de 21 años de cárcel (10 años y 6 meses por cada delito).
Esa era la petición de pena a la que se enfrentaba el procesado este jueves, pero antes de iniciarse el juicio el Ministerio Fiscal y el abogado de la defensa, José Duarte, han firmado una sentencia de conformidad que finalmente lo condena a 5 años de cárcel por un delito continuado de abuso sexual sobre menor de 16 años.
En la sentencia se aplica la atenuante muy cualificada de reparación del daño después de que el condenado haya abonado, antes de celebrarse el juicio, los 6.000 euros que se solicitaban para la víctima en concepto de responsabilidad civil.
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