
A. H.
Domingo, 30 de marzo 2025, 00:45
El artículo 172 del Código Penal se reformó en abril de 2022 para incluir como delito el hostigamiento a mujeres que iban a someterse a ... un aborto. El cambio legislativo vino impulsado por el PSOE y Podemos. En su defensa, algunos de los acusados en Euskadi mantienen que «rezar no es coaccionar, no es un delito» y piden la libre absolución de los 21 investigados en esta causa. Según uno de los escritos de calificaciones provisionales, sus defendidos no interfirieron ni directa ni indirectamente en los usuarios de la clínica vitoriana, sino que ejercieron su derecho a la libertad de expresión, a mostrar su fe, de una forma «pacífica y no intervencionista», por lo que «no puede encuadrarse en la definición de acoso».
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Rezar en público puede resultar una conducta «incómoda», asume esta parte, «pero en ningún caso puede calificarse como disruptiva ni encuadrarse dentro de ningún tipo penal». Recuerda la defensa que precisamente en la web del colectivo '40 días por la vida' que cita la acusación particular, cuando se refieren a esta campaña de actos provida «se sanciona expresamente cualquier actitud violenta o coactiva al tratarse de vigilias pacíficas». «Si rezar como hicieron mis representados resulta molesto, en modo alguno pone en peligro la libertad personal. ¿Qué se ha obstaculizado en esta causa? Nada a nadie», concluye.
Otra de las defensas, con un discurso más ideologizado que puramente jurídico, sostiene que «llamar clínicas a estos centros de exterminio prenatal» es una «trampa lingüística», que «anestesia las conciencias y da impunidad a los matarifes». El escrito incluye imágenes de abortos inducidos. Advierte que las actuaciones de la Ertzaintza, que vigilaron las concentraciones, «no apreciaron ningún tipo de violencia». «No gritaban ni utilizaban megafonía».
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