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Eugenio Cabezas
Miércoles, 8 de marzo 2023, 01:09
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vélez-Málaga ha reconocido el derecho a una mujer a ser indemnizada por su exmarido con la cantidad de 204.624 euros como compensación por el trabajo en el hogar y el cuidado familiar -con ... dos hijas en común- realizado durante el matrimonio, estando vigente el régimen de separación de bienes.
Mientras que la mujer «se veía privada de toda posible trayectoria laboral por esa dedicación exclusiva al hogar y la familia», el hombre, «a lo largo de los años de matrimonio acumuló e incrementó exponencialmente su patrimonio privativo», sin que esto redundara en un aumento del de ella. En esa parte de la demanda, consultada por la agencia Europa Press, se establece la cantidad de compensación solicitada según el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada año transcurrido desde cuando se casaron, en concreto junio de 1995, hasta 2020, cuando se produjo la separación.
Ahora, la sentencia, que no es firme y se puede recurrir, considera probado que la mujer, de 48 años, ha estado dedicada al cuidado del hogar y de las hijas, «con todo lo que ello implica, contribuyendo puntualmente en los negocios familiares» y realizando trabajos puntuales de limpieza. La jueza explica que aunque la representación del marido diga que se le compensó con el traspaso de parte de las participaciones de una empresa, «no consta en modo alguno que dicha cesión se hiciera para compensarla en caso de la ruptura de los cónyuges».
Por eso, en la sentencia se establece esa compensación, además de una pensión alimenticia y que cada cónyuge se haga cargo de determinados gastos de la vivienda y de la mitad de los que se generen de forma extraordinaria. También se fija una pensión compensatoria durante dos años, tiempo que se estima «adecuado» para que ella pueda incorporarse al mercado laboral. De hecho, según la letrada que ha llevado el caso, Marta Fuentes, una vez separada la mujer ha terminado la ESO para mayores y ha iniciado varios cursos de formación, aunque actualmente tiene problemas de salud.
La letrada señala que esta sentencia «supone ante todo el reconocimiento de la labor de todas aquellas mujeres que están en la sombra y que, sin duda, constituyen un apoyo fundamental personal, marital y familiar durante años y años de matrimonio a los efectos de que el que fuera su marido, además de poder consolidar una familia, desarrolle una carrera profesional y un incremento patrimonial del que, en el momento de la ruptura, no pueden disponer».
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