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Medio centenar de menores vascos se han quedado fuera de la protección legal y visitan a sus padres maltratadores en la cárcel. En septiembre del año pasado se prohibieron por ley los encuentros entre estos niños y sus progenitores «en situación de prisión, provisional o ... por sentencia firme» por «atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos». No obstante, todavía hay unos 50 hombres que mantienen encuentros con sus hijos mientras cumplen condena en prisión por violencia machista en el País Vasco y más de 800 en España.
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El artículo 94 del Código Civil prohibe desde hace siete meses estas visitas, que «ponen en peligro a los más pequeños. Por un lado, teníamos a la madre con una orden de alejamiento y, por otro, al niño que seguía viendo a su padre», explica la abogada de la asociación Clara Campoamor, Cristina Ramos.
La legislación ha integrado por ley que un maltratador no puede ser un buen padre. Desde 2013, 47 menores han sido víctimas mortales de la violencia vicaria en España y, pese a la reforma legislativa, todavía se suman nuevos asesinatos. El último, el del niño de 11 años que el pasado domingo fue asesinado a manos de su padre en Sueca (Valencia). El hombre, que tenía una orden de alejamiento de su expareja tras una condena por malos tratos, asestó a su hijo hasta doce puñaladas. Los progenitores tenían vigente un régimen de custodia compartida pese a la orden de alejamiento del hombre hacia la mujer.
En los nuevos casos de maltrato que se vienen denunciando desde septiembre, el Ministerio Fiscal pide automáticamente la supresión de visitas si el padre entra en la cárcel. Sin embargo, «los regímenes de visitas que se decretaron anteriormente se mantienen», insiste Ramos. «No se han suspendido automáticamente todas estas visitas, como parece al leer la ley». De ahí que abogados se planteen pedir la revisión de este tipo de casos anteriores a la reforma. «¿Qué pasa con estos casos que ya hay? Habría que pedir al juzgado una nueva revisión o modificación», entiende la abogada de Clara Campoamor, ya que la ley no contempla este tipo de casos y aún hay cantidad de mujeres que tienen que ver cómo sus hijos pasan tiempo con los hombres que han ejercido algún tipo de violencia sobre ellas.
No obstante, aquí se corre el riesgo de toparse con el conocido como 'principio de no retroactividad de la ley penal', que deja desprotegidos a los menores que ya habían iniciado los 'vis a vis' con sus respectivos padres antes de que se aprobara la nueva ley 8/2021 del 2 de junio, que entró en vigor tres meses después. El artículo 2 del Código Penal, en cualquier caso, recoge que la ley penal no puede afectar a situaciones que ocurrieron en el pasado si perjudican al reo. Siguiendo este principio, no se podrían eliminar las visitas a los presos que fueron condenados antes de la entrada en vigor de la ley.
Hasta ahora se dejaba a criterio del órgano judicial la decisión de limitar o prohibir las visitas según la gravedad y el riesgo de cada caso. Ahora se han suspendido por ley las visitas si el padre está en prisión por maltrato, pero no en el resto de los casos. «La autoridad judicial podrá establecer un régimen de visita, comunicación o estancia en resolución motivada en el interés superior del menor o en la voluntad, deseos y preferencias del mayor con discapacidad necesitado de apoyos previa evaluación de la situación de la relación paternofilial», se lee en el Código Civil. Es decir, si el progenitor no está incurso en un proceso penal las visitas no se eliminan de manera automática.
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