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El asesinato de Samuel Luiz, el enfermero de 27 años al que apalearon entre gritos de «maricón» el 3 de julio de 2021, a la ... salida de un local de ocio en el paseo de A Coruña, y que despertó una gran crítica social, ha llegado a los tribunales. El juicio, que se prolongará durante un mes, comenzó este miércoles, a las diez y cuarto de la mañana, en la Audiencia provincial coruñesa. El tribunal de jurado está integrado por seis mujeres y tres hombres, además de dos suplentes.
El primer día se reservó para la lectura de los informes de las partes -Fiscalía, acusación particular, que representa a la familia del joven; la acción popular, que ejerce el colectivo LGTBI Alas Coruña, y las defensas de los cinco acusados-, además de cuestiones previas. Mañana declararán los principales procesados, una pareja formada por Alejandro M.R. y Catherine S.B., la única mujer en el banquillo, para los que la Fiscalía pide 22 y 25 años de prisión, respectivamente.
Según las calificaciones provisionales del Ministerio público, los hechos comenzaron poco antes de las tres de la mañana, el primer fin de semana de apertura de locales de ocio nocturno tras la pandemia. Samuel se encontraba haciendo una videollamada con una amiga a la salida de un pub en la zona de la playa de Riazor. En ese momento, uno de los acusados, Diego M.M., se dirigió a él para recriminarle porque pensaba que le estaba grabando. La Fiscalía sostiene que «por las palabras y gestos» de Samuel, «interpretó que era homosexual, hecho que desencadenó una reacción aún mucho más virulenta, llegando a decirle: «'Deja de grabar a ver si te voy a matar, maricón'». Todo ello mientras «le seguía golpeando con puñetazos y patadas».
Después, se inició una persecución, en la que participaron los otros cuatro acusados, además de los dos menores, que ya han sido condenados a penas de tres años y medio de internamiento en régimen cerrado por la Ley del Menor tras un acuerdo entre las partes. Para la fiscal del caso, el grupo se comportó como una jauría «cruel y deshumanizada», que rodeó a la víctima «para asegurar el ataque». Actuaron con una «crueldad extrema» con la intención de provocarle la muerte. Toda la acción se desarrolló en unos siete minutos. Según las investigaciones policiales, tras la paliza, los implicados se reunieron en un parque antes de su detención.
A continuación, declararán los testigos, entre ellos dos amigos de la víctima que estaban en el lugar y los ciudadanos senegaleses que trataron de auxiliar a Samuel. El joven que supuestamente inició la agresión, Diego M.M., ha optado por declarar casi al final del juicio, el 14 de noviembre, junto a otros dos acusados, Alejandro F.G. y Kaio A.S.C., que se enfrentan a penas de 25, 22 y 27 años. A este último se le atribuye también el robo con violencia del teléfono móvil de Samuel.
A todos se les imputa un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, aunque en el caso de Diego M.M. y Catherine S.B, también con la agravante de discriminación por la condición sexual de la víctima. También testificarán viandantes, que se encontraban por la zona, amigos de los procesados y el empleado de un pub.
El 24 de octubre lo harán los dos menores ya condenados; cuatro días después, el día 28, serán los padres de la víctima y al día siguiente, la madre de uno de los acusados. A partir del 30 de octubre, intervendrán los peritos, algo más de 40, entre ellos policías nacionales, como el coordinador de la investigación, facultativos, peritos de parte o personal de la Policía Científica. El 15 de noviembre se procederá a la lectura de los informes finales y los acusados podrán ejercer su derecho al turno de la última palabra.
El 18 de noviembre se entregará el objeto del veredicto al jurado popular, que se retirará a deliberar para decidir si los hechos descritos constituyen un delito de asesinato con ensañamiento y alevosía, como sostienen las acusaciones, además de un posible delito de robo con violencia por la presunta sustracción del móvil de la víctima, que se atribuyó en la investigación policial a uno de los acusados.
En cuanto a las circunstancias agravantes, el jurado deberá determinar si dos de los acusados (Diego M.M. y Catherine S.B.) ejecutaron los hechos relatados «por causa de su animadversión hacia la orientación sexual homosexual que le atribuyeron a la víctima». Como circunstancias eximentes y/o atenuantes, las defensas alegan que sus clientes estaban intoxicados por consumo de drogas y alcohol.
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