Los hosteleros cambian las reglas en verano

El regreso del turismo masivo endurece las normas en el sector, y arrecian las quejas de los clientes por las limitaciones para reservar una mesa y disfrutar del tiempo en una terraza mientras los precios se disparan

Álvaro Soto

Madrid

Sábado, 12 de agosto 2023, 13:11

Hasta hace un tiempo, el mayor temor de quien salía a cenar solo a un restaurante era sentirse observado por el resto de los comensales, ... un bicho raro entre el bullicio. Incluso se inventó una palabra, 'solomangarefobia', para describir este miedo a comer en público sin compañía. Pero ahora que ya nadie llama la atención por estar solo en una terraza, el riesgo es otro: volver a casa con el estómago vacío porque ningún establecimiento haya permitido al cliente ocupar una mesa si no está acompañado. Ya ocurre en Barcelona, la ciudad más turística de España, donde potenciales clientes han comenzado a denunciar una práctica con la que el propietario del local busca maximizar el gasto en cada mesa. Cuentan que los camareros les indican que la mesa está reservada, que solo disponen de 20 minutos para cenar o, directamente, que las terrazas son solo para grupos.

Publicidad

De fondo, aparecen en esta polémica algunos factores: el difícil equilibrio entre los derechos de los hosteleros y los del cliente, más frágil todavía después de la pandemia; el cambio de hábitos de la sociedad y la creciente y masiva turistificación de las ciudades, que convierte cualquier hora en hábil para servir un menú y fomenta la rotación de la clientela y alimenta los precios. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) admite que los establecimientos pueden impedir que una persona sola ocupe una mesa, pero lo considera «abusivo». «Estas prohibiciones se enmarcan en el derecho de admisión, pero la restricción de la admisión no puede ser arbitraria ni discriminatoria, ni es un derecho absoluto del propietario. Debe aplicarse a todo el mundo por igual y no está sujeto a criterio alguno del titular que no haya sido visado previamente por la administración», señalan desde la entidad.

La OCU recuerda que el uso del derecho de admisión debe atenerse a cuatro reglas: que el cartel con la información esté expuesto al público (a la entrada, en la taquilla, en el ticket…); el letrero, además del anuncio de 'reservado el derecho de admisión', debe acompañarse de una lista con cada uno de los elementos de exclusión, no solo el anuncio; el cartel debe tener el sello de la administración; y el requisito que se alega incumplido debe estar incluido en la lista de requisitos del texto. Es decir, los locales que no permiten a una persona sentarse sola en la terraza lo tienen que especificar claramente en sus normas.

«Un abuso»

Restaurantes de Barcelona ya prohíben sentarse a comer si no se va acompañado

En este tira y afloja entre hosteleros y clientes, la OCU ha detectado otros puntos de fricción. Por ejemplo, el tiempo máximo que se puede permanecer en una terraza, si existe un gasto mínimo que debe hacerse o los conceptos por los que se puede cobrar o no (servicio, cubierto, pan, aperitivo). O si un restaurante tiene derecho a cobrar a un grupo cuando no acude, o se presenta con menos comensales de los indicados, tras guardar una mesa. «Si el establecimiento ha facilitado claramente la información en la que se indica que se cobra por una reserva (importe que luego se debe descontar del total de la cuenta), podría cobrar la cuantía estipulada por el cubierto de las personas que no han acudido», responde la Asociación de Consumidores y Usuarios.

Publicidad

El dato

20 minutos por consumición y persona

Así reza el cartel de un bar de Valencia, que ha decidido sacar el cronómetro contra los clientes que pasan mucho tiempo en una mesa sin consumir nada

La penalización por no anular una reserva previa es la madre de todas las batallas porque no se trata del importe de simples cafés, sino que entran en disputa altas sumas de dinero y los establecimientos se arriesgan a grandes pérdidas. Los cocineros que han sufrido la espantada de estos 'clientes fantasma' han puesto el grito en el cielo. En 2021, Javier Peña, conocido por el programa de televisión 'Top Chef' que regenta un restaurante en Valladolid, sacó toda su ira en un tuit que abrió la caja de los truenos: «La gente que reserva y no se presenta son unos HIJOS DE PUTA», denunció.

Respaldo judicial a un chef

Tan enconada es la disputa que hasta la justicia se ha pronunciado. En abril, un juez de San Sebastián avaló que un restaurante cobrara una sanción de 170 euros por cabeza (510 euros en total) a tres comensales que no cancelaron su reserva. Los (no) clientes demandaron al establecimiento, el 'Amelia', pero el juzgado de instancia número 2 de la capital guipuzcoana rechazó sus alegaciones e incluso les hizo pagar las costas del juicio. En su argumentación, el magistrado subrayó que la cláusula de cancelación es legal, ya que es una manera «de evitar el perjuicio» que le puede ocasionar al local «la incomparecencia de sus comensales» y en este caso, la consideró «no abusiva» al resultar proporcional al precio medio del cubierto. En el menú, de 287 euros, se degustarían productos de primera calidad, como bogavante de Escocia o especialidades originarias de Japón.

Publicidad

«Cuando se han tomado decisiones como la de cobrar por las reservas no realizadas es porque antes se habían sufrido averías gordas. Reservar y no acudir no era algo anecdótico, se había convertido en una tendencia», cuenta José Luis Yzuel, presidente de la Confederación Empresarial de Hostelería de España. «Para un restaurante, cuando tienes al personal contratado y la comida medio hecha, que en un servicio no acuda el 25% de las personas que han reservado es una gran faena», agrega este directivo hostelero, que ha visto «todo tipo de faltas de respeto». «Históricamente, en el sector, el 20% de las reservas fallaban. Hemos sufrido a jetas que reservan en dos restaurantes a la vez, a los que no llaman, a los que piden mesa para 20 y vienen diez… Por eso, más que nunca, ahora informamos previamente de las condiciones de reserva y hemos articulado herramientas para evitar los olvidos. En determinados restaurantes hay que reservar con un año de antelación. Pues bien, unos días antes, recordamos la cita a quien ha reservado a través de un mensaje».

La avalancha de visitantes tras la pandemia ha disparado los precios en bares y restaurantes

Yzuel también justifica que los locales pongan pegas a los clientes que acuden en solitario: «Pensemos en un local de cierto nivel con seis mesas de dos personas. Si esas mesas las ocupan seis personas que han acudido solas, el restaurante deja de ingresar el 50% de sus previsiones. No puede ser». Y tampoco es normal, opina, «que una persona ocupe una mesa durante toda una mañana con un café», pero le resta importancia: «Estas discusiones que a veces aparecen en los medios son casos puntuales que han comenzado a ocurrir tras la pandemia, cuando todo el mundo quería salir y a la vez, existían todavía las restricciones. Pero en general, prevalece el sentido común en hosteleros y clientes».

Publicidad

Este profesional insiste, sin embargo, en hacer un alegato en defensa del sector al que considera en el punto de mira, sobre todo, de las redes sociales. «Somos los últimos en repercutir en nuestros productos las subidas del IPC porque sabemos que el cliente se puede ir al bar de enfrente. Tiramos del empleo, seguimos necesitando gente y nuestro convenio es mejor que otros muchos. Si algún camarero se siente explotado por su empleador, le animo a que lo deje».

Algunas de las dudas más frecuentes que resuelve la OCU

  • - ¿Es legal que el establecimiento rechace reservas de una persona? Es legal. El establecimiento puede establecer las condiciones del servicio que presta y por tanto, no sería ilegal, salvo que fuera discriminatorio. Pero es «un abuso» e «injusto», asegura la Organización de Consumidores y Usuarios.

  • - ¿Se puede pedir un anticipo por hacer una reserva? Es legal. El establecimiento puede establecer las condiciones del servicio que presta y por tanto, no sería ilegal, salvo que fuera discriminatorio. Pero es «un abuso» e «injusto», asegura la Organización de Consumidores y Usuarios.

  • - ¿Es legal cobrar un suplemento por consumir en terraza? Es legal, siempre y cuando se haya informado con antelación del importe, indicándolo en la carta y en el establecimiento. Además, el concepto debe aparecer reflejado en la factura, y lo mismo ocurre con las consumiciones en mesa en vez de en barra.

  • - ¿Se puede obligar a consumir para permitir el uso del aseo? Los establecimientos pueden decidir como regla general si permiten el acceso o no o cobran una cierta cantidad por usarlo si no se es cliente. En cambio, si se es cliente, se entiende que es un servicio obligatorio que los locales deben ofrecer gratis.

  • - ¿Es legal cobrar un suplemento por consumir en terraza? Es legal, siempre y cuando se haya informado con antelación del importe, indicándolo en la carta y en el establecimiento. Además, el concepto debe aparecer reflejado en la factura, y lo mismo ocurre con las consumiciones en mesa en vez de en barra.

  • - ¿Es legal presentar el menú sólo a través de códigos QR? Es ilegal. Los bares y restaurantes deben tener cartas físicas o listas de precios visibles en sus instalaciones. De otra manera pueden ser objeto de sanción por falta de información.

  • - ¿Está en la mano de estos negocios aceptar sólo algunos métodos de pago? Es una práctica ilegal no aceptar el pago en efectivo. No aceptar el pago con tarjeta o exigir un importe mínimo para poder usarla es legal, pero el establecimiento debe anunciarlo con claridad para que el cliente lo sepa antes de consumir.

  • - ¿Pueden aparecer los precios de la carta sin tener incluido el IVA ? No. Los precios que figuren en la carta o lista de precios del establecimiento ya deben llevar sumado el IVA.

  • - Y la propina, ¿está obligado el cliente a abonarla? Es voluntaria la decisión de dejar propina. No hay ninguna norma que obligue a los clientes a hacerlo.

  • - ¿Es legal cobrar un suplemento por cubierto o servicio? No es legal cobrar un suplemento por cubierto o servicio, salvo que haya una normativa autonómica específica que lo permita, aunque siempre se obliga a informar en sitio visible. Cobrar por el pan, el hielo o la leche del café sí es legal.

  • - ¿El cliente puede disponer sin pegas de agua del grifo gratuita? Sí. Los bares y restaurantes están obligados a ofrecer agua del grifo gratuita a los clientes que la pidan, sin ponerle ningún tipo de pega.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Accede todo un mes por solo 0,99€

Publicidad