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Así es el nuevo DNI 4.0: Entra en vigor el DNI europeo
Así es el nuevo DNI 4.0

Entra en vigor el DNI europeo

La Policía Nacional ha finalizado el proceso de implantación progresiva del nuevo documento de identidad que va a incluir nuevas medidas de seguridad

sara rubio

Madrid

Lunes, 2 de agosto 2021, 11:28

La Policía Nacional ha finalizado el proceso de implantación del nuevo DNI. A partir de hoy, lunes 2 de agosto, solo se emitirá el nuevo DNI Europeo a todos aquellos ciudadanos españoles que vayan a renovar su documento de identidad. Por el momento, la persona que vaya a renovarlo tendrá que seguir llevando su propia fotografía.

Este cambio responde a una norma de la Unión Europea de obligado cumplimiento por parte de todos los Estados miembro. En España se ha ido implantando de forma progresiva desde el mes de junio. El nuevo documento incluye nuevas medidas de seguridad tanto visibles como invisibles, y ha sido resultado de un trabajo conjunto entre la Real Fábrica de Moneda y Timbre y la Policía Nacional.

La normativa obligaba a poner las siglas DNI en otro idioma, y por esa razón, en el nuevo documento aparecerán las siglas NIC -National Identity Card- en inglés. Además, el anverso se han añadido un código de dos letras para identificar cada país, en el caso de España, ES.

Este nuevo cambio se enmarca dentro de la nueva estrategia de la Policía Nacional, el Programa de Identidad Digital -DNIE-, que será una aplicación que permitirá acreditar la identidad y usar la firma electrónica. Además, esta previsto que se desarrolle el DNI Exprés, un sistema de expedición semiautomático que reducirá los tiempos de espera en las renovaciones e incrementará la seguridad obteniendo la fotografía in situ.

Características del nuevo DNI europeo

- Incluye la denominación en inglés (National Identity Card), puesto que la normativa europea exige que las palabras documento de identidad figuren en, al menos, otra lengua oficial de las instituciones de la UE.

- Actualiza su imagen: en el anverso, se ha añadido también el código de dos letras del Estado miembro (ES en el caso de España), impreso en negativo en un rectángulo azul y rodeado de doce estrellas amarillas.

- Incorpora nuevas medidas de seguridad, tanto visibles como invisibles.

- Los documentos de identidad expedidos por los Estados miembros se elaborarán en formato ID-1 e incluirán una zona de lectura mecánica.

- Los documentos de identidad incluirán un medio de almacenamiento de alta seguridad que contendrá una imagen facial del titular del documento y dos impresiones dactilares en formatos digitales interoperables.

Excepciones

- Los menores de 12 años podrán estar exentos de la obligación de facilitar las impresiones dactilares.

- Los menores de 6 años estarán exentos de la obligación de facilitar las impresiones dactilares.

- Las personas a las que sea físicamente imposible tomar las impresiones dactilares quedarán exentas del requisito de facilitarlas.

- Cuando sea físicamente imposible, con carácter temporal, tomar las impresiones dactilares de cualquier dedo del solicitante, los Estados miembros expedirán un documento de identidad temporal con una validez igual o inferior a 12 meses.

Validez del nuevo DNI

- El periodo de validez de los documentos de identidad será de cinco años como mínimo y de diez años como máximo.

- Los documentos de identidad que no cumplan los requisitos establecidos dejarán de ser válidos a su expiración o a más tardar el 3 de agosto de 2031, si esta fecha es anterior.

- Los documentos de identidad de las personas que tengan 70 años o más el 2 de agosto de 2021, que cumplan las normas mínimas de seguridad establecidas en la parte 2 del documento 9303 de la OACI y que incluyan una zona de lectura mecánica funcional, dejarán de ser válidos a su expiración.

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