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Realizar un trabajo con Chat GPT o DeepSeek «no puede considerarse plagio por carecer de derechos de autoría». Pero no quiere decir que no suponga «fraude académico». Son algunas de las conclusiones incluidas por el Aldezle de la UPV/EHU, el defensor universitario, en su última memoria anual, presentada este miércoles ante el claustro de la institución académica.
En su informe, el jurista Iñigo Urrutia, que ocupa el cargo desde 2017, señala que la cuestión de la Inteligencia Artificial genera «preocupación» entre el alumnado. Según el análisis jurídico realizado, el Aldezle ha determinado que su uso no supone plagio, pero no descarta que sea un caso de «fraude». Por ello, Urrutia cree que la Universidad «debería regular mejor este campo». Su recomendación es «clarificar el tema a través de alguna norma general de la UPV/EHU o, en su defecto, en las Guías Docentes de las asignaturas».
La memoria de 2024 recoge un aumento en las quejas y consultas realizadas por la comunidad universitaria. A lo largo del pasado año se realizaron 116 consultas y se presentaron 47 quejas ante la oficina del Aldezle. Según Urrutia, «la consulta es un procedimiento que implica un análisis y una respuesta rápida, mientras que la queja requiere una mayor labor burocrática y necesita más tiempo». De ahí que haya crecido el número de consultas, principalmente entre el alumnado y personal docente e investigador (PDI).
En cuanto al número de consultas, ha aumentado el número de asuntos recibidos, casi un 44 % presentado por el PDI y un 38% por el alumnado. Así, un tercio de los asuntos planteadas por el alumnado estaban relacionadas con la evaluación; un 14 %, con las prácticas externas. Fundamentalmente se ha preguntado si las prácticas dan derecho al alta en la Seguridad Social. Entre los asuntos planteados por el personal de gestión, administración y servicios se encuentran, principalmente, los procesos de estabilización de la plantilla y la inquietud generada por los concursos de traslados, estando la práctica totalidad de las consultas relacionadas con esos temas.
La memoria se hace eco también de la inquietud provocada por la Ley de Convivencia Universitaria, ya que, según el Aldezle, «limita la capacidad de la UPV/EHU para intervenir en la tipificación de las infracciones». Añade que, en dicha ley, «a diferencia de las novatadas, las conductas vejatorias no son consideradas como grave menoscabo hacia la dignidad de las personas, por lo que no pueden ser sancionadas».
La ley no considera infracción los insultos, las calumnias, las faltas de respeto o la desconsideración hacia profesores/as, compañeros/as de clase u otros miembros de la universidad, «aunque tales conductas sean incompatibles con la convivencia universitaria», ha subrayado Urrutia. Es más, «la Ley de Convivencia Universitaria no ampara, por vía disciplinaria, los criterios y principios de convivencia que hemos establecido en la UPV/EHU a través de nuestro Reglamento de Convivencia».
Según el Aldezle, «una insatisfactoria previsión normativa puede provocar o bien la atipicidad de conductas claramente contrarias a las reglas de convivencia, o bien el riesgo de que la respuesta, de no encontrarse los medios a través de la potestad disciplinaria, se conduzca a través de las potestades académicas».
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