Condenan a Osakidetza por limitar el derecho de un enfermero a atender la lactancia de su hijo

El profesional vio reducido su permiso para alimentar al bebé por encontrarse en reducción de jornada

beatriz garnández

Martes, 26 de junio 2018

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dado la razón al sindicato de enfermería SATSE y ha condenado a Osakidetza por limitar el derecho de un enfermero a atender la lactancia artificial de su hijo. «Osakidetza concedió a este profesional un ... permiso un tercio más corto del ordinario, por encontrarse en situación de reducción de jornada. La ley no recoge en ningún momento esta limitación de un permiso sobre otro», explica el sindicato. De hecho, al enfermero se le concedió un permiso de 64 horas menos.

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La sentencia es clara y argumenta que la ley reconoce la compatibilidad de la reducción de jornada y la licencia por lactancia y no introduce ninguna limitación en el caso de que se produzcan a la vez. «Los artículos que regulan la reducción de jornada únicamente prevén la reducción de las retribuciones. En ningún momento se dice que la reducción afecte a ningún otro beneficio que corresponda al empleado público», recoge la sentencia.

Según el TSJPV, Osakidetza ha limitado los derechos del trabajador por única voluntad de la Administración y sin basarse en ninguna ley: «Si la norma reconoce un derecho a los empleados, estos han de poder disfrutarlo en toda la extensión prevista, sin que la Administración introduzca arbitrariamente limitaciones».

De esta forma, el tribunal ha decidido revocar la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Bilbao, que sí limito el derecho del trabajador y que el interesado recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. «Ahora, el TSJPV anula la decisión de Osakidetza y concede al enfermero la licencia íntegra, recogida tanto en el estatuto del Empleado Público como en el acuerdo de condiciones de Osakidetza», apunta SATSE Euskadi.

El sindicato de enfermería ha criticado este tipo de actuaciones del Servicio Vasco de Salud por «limitar de forma arbitraria los derechos de conciliación de sus trabajadores y trabajadoras». Esta sentencia llega en un momento en el que Osakidetza se encuentra inmersa en la elaboración del primer Plan de Igualdad del ente público.

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«Este fallo es un nuevo paso en la defensa de los derechos de conciliación y en la lucha por la igualdad», ha afirmado SATSE, que ha recalcado su «compromiso con la igualdad entre hombres y mujeres» en el ámbito laboral y social.

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