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El seísmo mediático, político y social que han provocado las declaraciones de José Barrionuevo tendrá un escaso recorrido legal. Esa es la conclusión a la que llegan diversas fuentes jurídicas consultadas ayer. El profesor de Derecho Constitucional de la UPV Javier Tajadura recuerda que «están ... prescritos todos los delitos del año 1983 y 1984 -a los que alude el exministro de Interior en la entrevista-». Ahí no parece haber espacio para sorpresas.
Otra vía es analizar si las declaraciones, en sí, pueden encajar en algún tipo delictivo. Algunas fuentes jurídicas señalan directamente al artículo 578 del Código Penal, el que aborda la justificación y el enaltecimiento de los delitos de terrorismo. Es el mismo al que se recurrió para actos de homenaje que bordeaban la apología, como los recibimientos a etarras. Sin embargo, ni siquiera en esos casos prosperaron. «Habría que analizar si las declaraciones de Barrionuevo suponen realmente un acto de justificación o apología o se limita a confesar unos hechos por los que ya fue condenado» (el secuestro de Segundo Marey), valora Tajadura. Barrionuevo fue condenado a diez años por el Tribunal Supremo en 1998.
La Fiscalía podría iniciar unas diligencias de investigación, tanto a iniciativa propia como si llegara una querella o una denuncia. La clave ahí es el tipo delictivo aplicable y ninguno parece claro. Carmen Ladrón de Guevara, abogada y experta en terrorismo, recuerda que «no están teniendo recorrido las declaraciones de Bildu ni los 'ongi etorris' porque ETA ya no existe y sucedería lo mismo todavía con mayor motivo con el GAL, que no existe desde muchos años antes».
Los hechos están prescritos y todas las fuentes especulan con que ese es el motivo principal por el que José Barrionuevo -o Rafael Vera hace unos años- dan el paso de hablar ante la Prensa. «Todos estos delitos prescriben a los 20 años. Se hizo una reforma en 2010 que hace que los delitos de terrorismo con resultado de muerte no prescriban, pero eso afecta exclusivamente a los hechos cometidos a partir de ese año 2010».
Otros jueces consultados mantienen la misma postura. No ven en la entrevista nada susceptible de prosperar en los tribunales. «Todos esos hechos están prescritos y sólo habría recorrido legal con hechos hasta ahora desconocidos y que tendrían que ser muy posteriores para que no estén prescritos, lo que en este caso resulta muy difícil», analiza un magistrado. Toda la trama de los GAL, por fechas, está prescrita. Ninguno de los expertos consultados tiene en la cabeza un precedente similar que haya tenido recorrido legal.
Todo apunta a que el seísmo provocado por Barrionuevo, de llegar a los tribunales, tendrá un periplo breve. Alguien podría querellarse, pero es muy improbable que el exministro tenga que explicarse ante un tribunal.
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