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El Tribunal Supremo ha rebajado en casi un año la pena global que la Audiencia Provincial de Álava impuso a Alfredo De Miguel (Bilbao, 1972), el exnúmero dos del PNV alavés. Pasa de los 13 años y 3 meses por una docena de delitos a ... 12 años y cuatro meses. Sin embargo, el periodo real entre rejas será más breve. En concreto, ambas resoluciones coinciden en dejar en 9 años el castigo para el antiguo burukide por liderar la mayor trama de corrupción de Euskadi. ¿Por qué esta rebaja? La respuesta se halla en el artículo 76.1 del Código Penal.
El actual empleado en la fundación Hazi, perteneciente al Gobierno vasco, tiene casi una docena de condenas menores. Es decir, todas por debajo de los dos años y un día, el límite que marca la entrada o no en prisión. Y es el delito de asociación ilícita el único que traspasa ese límite; tres años en este caso. «En estas situaciones se aplica un concepto conocido como 'el triple de la mayor', el triple del tiempo por el que se le imponga la más grave de las penas en que haya incurrido», explican fuentes judiciales. De esos tres años multiplicados por tres salen los nueve años.
Asimismo, el fallo del Supremo -en el que hay más de noventa referencias al PNV- ratifica su inhabilitación como funcionario durante más de veinte años. Hasta ahora, el Gobierno vasco le mantenía en su puesto en la fundación Hazi alegando que la sentencia no era firme. Ejerce funciones de gerente y de representación en foros oficiales.
Considerado otro de los cerebros de la trama. El Supremo mantiene los 7 años y 6 meses de cárcel decretados por la Audiencia Provincial de Álava el pasado 17 de diciembre de 2019. En su caso, este exalto cargo del PNV alavés también se beneficia del artículo 76.1 del Código Penal, por lo que pasará un máximo de 6 años y nueve meses a la sombra. Ochandiano nació en Bilbao hace 55 años.
Como ocurre con De Miguel, su pena más alta corresponde al delito de asociación ilícita; dos años y tres meses. Básicamente, el fallo del Supremo corrobora que, junto a De Miguel y Tellería, «idearon a partir del segundo trimestre de 2005 la creación de una red societaria y personal organizada en torno así mismos para aprovechar las relaciones políticas y/o administrativas que mantuviesen en cada momento por su pertenencia al Partido Nacionalista Vasco (PNV). (...) Dicha red societaria y personal estaba dirigida, básicamente, a obtener irregularmente contratos o adjudicaciones públicas de diferentes administraciones o entes públicos gobernados por el partido en el que militaban (PNV)».
A Ochandiano también le inhabilitan para cualquier empleo público por lo que deberá abandonar su puesto en el Parque Tecnológico de Álava en breve.
El tercer ideólogo y, como De Miguel y Ochandiano, se valió de su puesto en el Araba Buru Batzar para lograr comisiones irregulares. La suma total de su pena por diversos delitos alcanza los cinco años, un mes y quince días de prisión. Sin embargo, fuentes judiciales consultadas creen que «al carecer de antecedentes penales y que la mayoría de sus delitos son menores podrían aplicarle únicamente el delito de asociación ilícita, que en su caso es de dos años y tres meses».
Tellería (Bilbao, 1962) ha sufrido en estos trece años de periplo judicial un evidente deterioro físico. Algunas fuentes deslizan que «recientemente habría recibido una incapacidad», argumento que podría ser esgrimido por su defensa para intentar esquivar el ingreso en un centro penitenciario o solicitar su ubicación en el módulo de enfermería.
El que fuera director de Juventud en el Gobierno Ibarretxe y militante del Partido Nacionalista Vasco presentó un recurso por los delitos de prevaricación, malversación de fondos públicos, tráfico de influencias cometido por funcionario y asociación ilícita. El Supremo ha desestimado las tesis presentadas por su abogado. De esta manera se le impone una condena global de siete años y un mes. En principio su periodo entre rejas tendrá un máximo de cinco años y tres meses.
¿Por qué? Las penas por prevaricación, tráfico de influencias y asociación ilícita no alcanzan esos dos años y un día. Circunstancia que no ocurre con el cargo de malversación de fondos públicos, agravado por su condición de funcionario público en el momento de los hechos. Por este ilícito le caen cinco años y tres meses de prisión. «En circustancias normales ese sería su tiempo en la cárcel», estiman los medios judiciales consultados.
El exconcejal del Ayuntamiento de Leia y militante del Partido Nacionalista Vasco en el momento de los hechos ha conocido hoy que pasará un máximo de tres años, cuatro meses y quince días en la cárcel. Esa es la pena como «cooperador necesario de un delito continuado de malversación de fondos públicos en concurso ideal con una autoría de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, cometido por un particular».
También se le considera responsable de los cargos de prevaricación, tráfico de influencias y asociación ilícita, por los que el Supremo confirma penas menores que ya le aplicaron en el fallo de la Audiencia Provincial de Álava.
Probablemente, su defensa tratará de aferrarse a la reforma penal que entrará en vigor «esta semana» para el delito de malversación. El cambio impuesto por el Gobierno de Pedro Sánchez incluye que «si no se prueba el beneficio personal, el tiempo en prisión establecido va de seis meses a tres años». O sea, casi la mitad que ahora, cuya una horquilla abarca de dos a seis años. El organismo que deberá pronunciarse al respecto en los próximos días será la Audiencia Provincial de Álava. Si aplica el nuevo reglamento, San Juan «podría eludir finalmente el paso por la cárcel».
Como el resto de ya condenados en firme, este exedil vizcaíno no se librará de la inhabilitación para «empleo o cargo público». En su caso particular, ese veto se extenderá por algo más de quince años.
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