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david guadilla
Jueves, 28 de abril 2022, 00:54
El escándalo sobre las posibles escuchas a destacados dirigentes nacionalistas por parte del CNI gira sobre dos cuestiones: si se produjeron y si, de ser así, contaron con aval judicial. La ley establece que los servicios de inteligencia pueden interceptar comunicaciones, siempre y cuando cuenten ... con la autorización de un magistrado del Tribunal Supremo. No se trata de un juez elegido al azar. El encargado de autorizar las actividades del CNI que afecten a los derechos fundamentales es Pablo Lucas Murillo de la Cueva, hijo de Pablo Lucas Verdú, reconocido jurista que fue profesor en la Universidad de Deusto. Su hermano, además, es Enrique Lucas, vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) elegido a propuesta del PNV.
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Sobre su mesa recaen todas las peticiones que le plantea el CNI que afectan a derechos fundamentales. Todas deben estar justificadas, tener un carácter individualizado y deben ser aplicadas durante un tiempo determinado. En el caso de la intervención sobre comunicaciones, el plazo inicial es de tres meses, pero se puede ampliar. De haberse realizado el espionaje tendría que haber contado con el visto bueno de Lucas Murillo de la Cueva, que se encarga de analizar estas peticiones desde 2009 tras ser nombrado por el Poder Judicial a propuesta de su presidente.
Desde entonces ha sido ratificado en dos ocasiones por un plazo de cinco años, la última en 2019, por lo que, en principio, será el encargado de controlar las acciones del CNI hasta 2024. En caso de no poder desempeñar sus funciones, su sustituto es el también miembro de la Sala Segunda Andrés Martínez-Arrieta.
Se trata de un magistrado con una dilatada carrera judicial que pasó parte de su juventud en Bilbao, a donde su padre había llegado a mediados de los sesenta para ocuparse de la cátedra de Derecho Político de Deusto. De hecho, Lucas se licenció en esta universidad. Tiene fama de juez progresista y redactó, entre otros, el auto que dio el visto bueno judicial a la exhumación de los restos de Francisco Franco del Valle de los Caídos.
Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en los dos últimos años ha tenido un papel notable en algunos casos vinculados con el País Vasco. A mediados de 2020 discrepó de una sentencia firmada por la mayoría de sus compañeros en la que se tumbaba una ordenanza del Ayuntamiento de Lasarte sobre la obligatoriedad del euskera para acceder a las subvenciones para menores de 16 años.
A finales del año pasado fue el ponente de una dura sentencia que propinaba un contundente revés a los miembros del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que unos días antes habían tumbado la obligatoriedad del pasaporte covid en Euskadi. El escrito del Supremo señalaba que entender que el salvoconducto sanitario obstaculizaba «el libre desarrollo de la personalidad», como afirmaba el TSJPV, estaba fuera de «toda proporción».
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