Jaime Ignacio del Burgo, en una imagen de archivo. EFE

El experto del PP considera un «atropello inconstitucional» las propuestas para reformar el Estatuto

Del Burgo considera en su voto particular que están «condenadas al fracaso» y carga contra PNV y Bildu por buscar la «defunción» de la actual Carta de Gernika

Lunes, 2 de diciembre 2019, 16:36

El voto particular presentado por el jurista Jaime Ignacio del Burgo supone una enmienda a la totalidad al trabajo realizado por sus compañeros en la comisión de expertos. El especialista designado por el PP carga a lo largo de 58 páginas contra los principales planteamientos ... soberanistas incluidos en la propuesta de texto registrado hoy por técnicos nombrados por PNV y EH Bildu, así como a algunos preceptos también aceptados por los de Elkarrekin Podemos y PSE.

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Del Burgo no presenta un texto propio con las mejoras concretas que él incluiría en el actual texto articulado, sino que, una a una, aporta su argumentación contra las ideas más 'rupturistas' que él considera un «atropello radicalmente contrario a la Constitución». A su entender, las bases aprobadas por PNV y EH Bildu sobre las que han trabajado los expertos «llevan en sí mismas el germen de la división y la confrontación», que seguir adelante será el «comienzo de un grave conflicto con el Estado».

«Está condenado al fracaso un proyecto político basado en la concepción maximalista del nacionalismo vasco que pretende decretar la defunción del Estatuto de Guernica y convertir a Euskadi en un Sujeto Jurídico-Político soberano basado en la privación a los Territorios Forales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya de sus derechos históricos para atribuirlos al nuevo ente en un proceso de centralización interna absolutamente contrario a la tradición foral vasca», asegura Del Burgo, quien apuesta por que el «camino adecuado» para fortalecer el autogobierno es la «reforma» del Estatuto.

«La propuesta del experto del PNV 'foraliza' por una interpretación torticera de los derechos históricos (...) Nunca el Pueblo Vasco como tal fue titular de derechos históricos, pues su titularidad corresponde a cada uno de los Territorios Forales», insiste en repetidas ocasiones el que fuera presidente de Navarra.

«La calificación del derecho a la autodeterminación como derecho humano no encuentra apoyo en el Derecho internacional, puesto que desde las Naciones Unidas se ha considerado que la autodeterminación tan sólo ha de aplicarse a situaciones coloniales o de opresión claramente definidas como tales» (...). «No hay una nación vasca que pueda reivindicar el derecho a decidir, porque la Comunidad Autónoma Vasca, aunque se defina estatutariamente como nacionalidad, dicho término sólo incluye por decisión democrática del pueblo español y del propio pueblo vasco el derecho a la autonomía».

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«La única nacionalidad de la ciudadanía vasca es la española. No cabe la concesión una nacionalidad vasca porque la Comunidad Autónoma del País Vasco no es un Estado independiente y, por tanto, carece de reconocimiento internacional por lo que la expedición de un pasaporte de nacionales vascos carece de validez».

  1. Bilateralidad

«Ambos (por PNV y EH Bildu) vulneran la Constitución al tratar de conseguir, aun por vías diferentes, una relación confederal con el Estado, al que expulsan en la práctica del País Vasco mediante un sistema competencial dirigido a impedir o dificultar el ejercicio de las competencias que la Constitución le atribuye a aquel para garantizar la igualdad básica de todos los españoles y la aplicación de políticas comunes de interés general para el conjunto de la nación española».

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  1. Concierto político

«El Concierto Político es la expresión que se utiliza para proyectar la idea del nacimiento del Nuevo Estatus Político como fruto de un acuerdo entre el Estado español y el Sujeto Jurídico-Político todavía innominado (...). El Concierto Político es una creación artificial que carece de encaje jurídico. Los conflictos sobre las competencias autonómicas transferidas tienen su cauce de resolución por vía jurisdiccional, bien ante los tribunales ordinarios o, en su caso, ante el Tribunal Constitucional».

  1. Comisión mixta del Concierto político

«No se puede eludir ni limitar la jurisdicción del Tribunal Constitucional para resolver las controversias entre el Estado y las Comunidades Autónomas tanto sobre la presunta inconstitucionalidad de las leyes o disposiciones normativas con fuerza de ley como en el caso de conflicto de competencias».

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  1. Competencias

«La voluntad es expulsar al Estado del País Vasco al privarle de cualquier posibilidad de intervención en todas las materias, incluidas la potestad de fomento y la de dictar los reglamentos de desarrollo y organización. En ningún caso se acepta la alta inspección del Estado» (...).

«Si el objetivo es prestar un servicio integral a toda la ciudadanía vasca y las facultades legislativas y de ejecución se ejercen para una plena conformación y desarrollo, no hay lugar para el Estado y, por tanto, para la aplicación de políticas comunes en los términos que establece la Constitución».

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  1. Consulta habilitante

«Se proclamaría a los cuatro vientos que la consulta al cuerpo electoral era un auténtico plebiscito, por lo que si las Cortes rechazaban o modificaban el proyecto suponía una agresión contra la voluntad democrática del pueblo vasco. No hace falta argumentar que estamos ante otro gran motivo de inconstitucionalidad».

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