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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha avalado que el Tribunal Supremo rechazase hace dos años la petición del miembro de ETA Xabier Atristain de revisar su condena tras el fallo de la propia corte internacional que condenó a España por considerar vulnerado su derecho ... a un proceso con todas las garantías al no haberse motivado suficientemente la decisión judicial que le impidió designar a un abogado de su elección durante un interrogatorio policial. En el fallo, el TEDH asegura que «la queja es manifiestamente infundada y debe ser rechazada».
El caso de Atristain ha estado metido en un laberinto durante los últimos años. El etarra fue arrestado en Francia en septiembre de 2010 a través de una euroorden y, tras ser extraditado a España, la Audiencia Nacional ordenó su detención incomunicada para no frustrar la investigación que trataba de localizar explosivos de ETA. Durante ese periodo se le asignó un abogado de oficio que le acompañó en dos declaraciones. En dichos testimonios, confesó que había cooperado con la banda e incluso indicó la ubicación del material. La sentencia, confirmada después por el propio Supremo, le condenó a 17 años de cárcel.
Sin embargo, a principios de 2022 la corte de Estrasburgo acreditó que se había vulnerado el derecho del encausado a elegir asistencia legal. El preso exigió entonces la revisión de su condena al Tribunal Supremo, que tuvo que dejarle en libertad condicional. Pero a primeros de julio, la Sala de lo Penal echaba para atrás esos argumentos y recalcaba que, aun prescindiendo de las declaraciones de Atristain en las que le fueron vulnerados sus derechos, la condena habría sido la misma al existir otras pruebas.
El preso etarra volvió a la cárcel hasta que en enero de este mismo año el Ejecutivo autonómico le concedió el tercer grado. En esta ocasión, la Justicia le dio el visto bueno. En estos momento se encuentra en libertad condicional.
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