Hace escasamente un mes, el teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, arremetió contra dos compañeros porque 'trataron de influenciarlo' para que emitiera un informe favorable sobre las querellas presentadas contra el Gobierno Sánchez por la gestión de la pandemia. El fiscal Navajas afirmó que no ... convocó la Junta de Fiscales porque habría tenido que excluir a Madrigal y a su compañero «porque eran esclavos de su ideología y estaban contaminados».
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El vicio expuesto por Navajas conlleva la pérdida de la imparcialidad e independencia bien del fiscal bien del magistrado afectado, pues sus resoluciones ya no serían el resultado de su convicción libre formada en Sala, sino de unas convicciones previas, formadas en base a su ideología. Sería injusto atribuir este vicio a todo el sistema judicial español, pero hay instancias y jueces donde la convicción de una actuación judicial contaminada es algo más que mera sospecha.
Algo de esto puede haber en la actuación del juez de la AN Manuel García Castellón en su cruzada contra Pablo Iglesias, al acordar esta semana elevar al Supremo la petición para que se le investigue por la posible comisión de tres delitos en la llamada 'pieza Dina'. El citado juez recibió hace poco un varapalo de la Sala de lo Penal, cuando estimó el recurso de Iglesias y devolvió a éste la condición de perjudicado en esa pieza.
La Sala reprochó al juez su pretensión de investigar a Pablo Iglesias en un procedimiento cuyo objeto es examinar la organización criminal de Villarejo en los hechos investigados. Lo que no quiere decir, para la Sala, que la condición de perjudicado de Iglesias en este procedimiento resulte incompatible con la «existencia de hipótesis alternativas», en virtud de las cuales se sostenga, como lo hace el juez García Castellón, que puede haber elementos objetivos y/o subjetivos que puedan hacer perder esa condición. Pero para eso hace falta acreditarlos. Y la AN es contundente a estos efectos: «No hay pruebas que sustenten que los hechos se hayan producido conforme a alguna de las alternativas señaladas por el Juzgado Central de Instrucción».
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Y si las hubiera, dice la Sala, no podrían examinarse en este procedimiento, «por lo que deberían ser investigadas en otro distinto». De este razonamiento de la Sala, el juez, con una pretensión de parte interesada, afirma en su auto que la Sala está «instando a este magistrado» para que se dirija al Supremo, solicitando se abra la causa contra Pablo Iglesias. He ahí un ejemplo claro de tergiversación al servicio de intereses que desde luego no son los propios de un juez imparcial. Veremos lo que dice el Supremo y, en el improbable caso de que estime la solicitud, veremos qué sucede en el Congreso con el suplicatorio. En tal escenario, Podemos se encontraría ante una situación muy complicada, pues siendo fiel a sus principios contrarios al aforamiento, tendría que votar a favor y defender su inocencia ante los tribunales.
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